Libertad de cátedra y Constitución

La libertad de cátedra es pieza importante del sistema de derechos fundamentales, que se resquebraja sin ella. Una de las características de los derechos fundamentales es que son indivisibles, que son un sistema; si se afecta a uno, se afecta a todos. Por eso, la libertad de cátedra es un bien público de interés social.

Naturalmente, la libertad de cátedra debe ser ejercida en un marco legal. Cuando se trata de audiencias universitarias, las restricciones lícitas son escasas. Puede, un departamento universitario, exigir a sus miembros docentes la permanente actualización académica, la adecuada inserción de la asignatura en un plan de estudios, el cumplimiento de las tareas para las que se nombra a un profesor, el trato cortés a los destinatarios de la enseñanza y el respeto a los estatutos de la universidad, pero no imponer el contenido de la asignatura ni las formas de evaluación de un académico. Si un departamento universitario transgrede ese límite, viola las libertades fundamentales ¿Pero quién es la víctima de esa transgresión? ¿Acaso el profesor? No. Transgrede a la sociedad en su conjunto.

Es frecuente que la transgresión de la libertad de cátedra esté ligada al fraude. A principios de la década de 1990 daba clases en la Universidad Austral, en Valdivia, cuando recibí una carta de un ministro, que después se ha dedicado al cabildeo remunerado. La carta era elegante, pero quería, aquel habitante de La Moneda, trastocar un resultado académico de un funcionario local, que era mi alumno. El ministro nunca recibió respuesta y el funcionario se quedó con su nota. Conté con el respaldo de la Universidad Austral, lo que la honra.

Los alumnos más débiles merecen apoyo especial. Ahora bien, más allá de eso, mediante la interferencia en los contenidos, en las formas de corregir o en las notas, lo que se degrada no es tanto la libertad de cátedra, sino la libertad. Se impide enseñar a tal o cual autor, se impone que una respuesta falsa deba pasar por cierta o dar un grado académico a alguien que poco estudió. Siempre destruye, además, el principio de igualdad, porque se otorga el mismo diploma a alguien que obtuvo con esfuerzo y talento que a otro quien carecía de estos. ¿El resultado? En el ámbito médico, pacientes que nunca se curarán; en las áreas técnicas, casas que se vendrán a suelo; en la formación de pedagogos, generaciones de alumnos que, con un mal profesor, habrán perdido doce años de estudios.

El fondo común es la mentira, la violencia solapada, el odio a la democracia, la instalación de una pequeña tiranía en un departamento universitario. ¿El instrumento para ello? El poder administrativo, el dinero, alguna micro reunión de académicos con intereses concertados, aunque indeclarables, y opuestos a la víctima, es decir, opuestos a la sociedad, a los alumnos y al docente, que serán perjudicados.

La libertad de cátedra es un bien que beneficia. En primer lugar, al conjunto de los ciudadanos, aunque nunca pisen un aula, porque está en juego la libertad de estos para formar su pensamiento; en segundo, a los receptores de la educación; y en tercero, al docente, porque le permite ejercer según las mejores reglas profesionales.

El Estado tiene interés en la libertad de cátedra por esas mismas tres razones, pero centrémonos en la primera: Es deber del Estado proteger las libertades fundamentales. La conciencia de cada persona no se genera aisladamente. Al contrario, cuanto mayor confrontación exista a la diversidad de ideas, mayor es la riqueza educativa y de conciencia que se abre ante cada educando, ante cada miembro de la sociedad.

¿Puede, un director de departamento universitario, imponer administrativamente que Platón sea mejor que Aristóteles? ¿Puede, un ministro, desde su escritorio, cambiar la nota de un alumno? Ninguna autoridad administrativa o financiera, por encumbrada que esté, puede sustituir las notas de un académico. Es un deber político y moral resistir esa tiranía y denunciarla. Así se construyen las grandes universidades, así se da valor a un diploma, así es digno, un profesor, de que se le llame con ese nombre.

Transgredir la libertad de cátedra es una coacción en contra de las libertades fundamentales. Los aspectos centrales de los derechos humanos están en juego en la libertad de cátedra, pilar de la libertad de conciencia. Por eso requiere resguardo jurídico en el rango más alto que pueda darle de un país: El de la Constitución.

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