Desde su creación, en 2002 mediante el Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional (CPI) fue concebida como un hito en la lucha contra la impunidad frente a los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional: genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y crimen de agresión. Su promesa fundacional descansaba en los principios de neutralidad, universalidad e independencia frente a los intereses de los Estados más poderosos.
Hoy, más de dos décadas después, la CPI atraviesa una profunda crisis de legitimidad, particularmente en África y, en términos más amplios, en el Sur Global. Como advirtió Patrice Lumumba: "Sin dignidad no hay libertad; sin justicia no hay dignidad; sin independencia no hay hombres libres". Esta reflexión adquiere plena vigencia en el contexto actual, donde la percepción de una justicia internacional carente de independencia ha erosionado la confianza de numerosos Estados y sociedades.
La arquitectura institucional de la CPI refleja un orden internacional hoy superado. Su localización en Europa, su financiamiento predominantemente occidental y su exposición a presiones políticas de potencias influyentes generan un desequilibrio estructural que limita la igualdad soberana entre los Estados.
Tal como sostiene Manuel Godsin (2025), el historial de la CPI evidencia un patrón difícil de ignorar: una concentración significativa de casos en África, en contraste con la inacción o lentitud en investigaciones que involucran a Estados poderosos o a sus aliados estratégicos.
Este diseño institucional responde a la lógica del mundo posterior a la Guerra Fría, caracterizado por la hegemonía occidental. En un escenario internacional cada vez más multipolar, dicha configuración resulta insuficiente para garantizar una justicia verdaderamente universal. La capacidad de ciertos Estados para presionar o incluso sancionar a la CPI -como ocurrió con Estados Unidos frente a investigaciones vinculadas a Afganistán- pone en evidencia sus limitaciones para actuar con plena independencia. Lo que comenzó como una crítica política ha derivado en una crisis de legitimidad estructural. África no rechaza la justicia internacional en sí misma; rechaza su aplicación selectiva.
Los datos son elocuentes: hacia 2024, 47 de las 54 personas acusadas por la CPI eran africanas, pese a que el continente representa solo una fracción de los Estados parte del Estatuto de Roma. Esta desproporción, sumada a la ausencia de consecuencias efectivas en casos como Irak, Afganistán y el genocidio en Palestina, debilita la credibilidad de la Corte como árbitro imparcial del derecho internacional.
La demanda por justicia internacional no ha disminuido. Por el contrario, las víctimas de crímenes atroces continúan exigiendo mecanismos eficaces de rendición de cuentas. El problema no radica en la idea de justicia penal internacional, sino en la incapacidad de la CPI para ejercerla con verdadera neutralidad. En este contexto, la Organización de las Naciones Unidas mantiene, pese a sus limitaciones, un rol central como único foro de representación universal. A diferencia de la CPI, su legitimidad deriva de la inclusión global y no de la adhesión selectiva.
El académico Adam Branch (2018) plantea que las iniciativas africanas para desarrollar tribunales regionales no deben interpretarse como un rechazo al derecho internacional, sino como una respuesta a una estructura global percibida como excluyente.
Propuestas como la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos, así como iniciativas emergentes en el Sahel, reflejan la voluntad de los Estados africanos de asumir mayor control sobre los procesos de justicia. Estos mecanismos buscan una mayor adecuación a los contextos locales y una menor exposición a presiones externas.
Como advierte Branch, la justicia penal internacional nunca es completamente neutral; la cuestión fundamental es quién define sus prioridades y en beneficio de quién opera. Los tribunales regionales pueden constituir una arquitectura complementaria -e incluso alternativa en determinados contextos- a la CPI. Esta pluralización del sistema representaría una evolución hacia una justicia más equitativa y representativa.
Desarrollar mecanismos propios no implica abandonar el ideal de justicia internacional, sino avanzar hacia su democratización: un sistema donde el Sur Global participe como sujeto activo, con voz, autonomía y capacidad de incidencia.
La articulación entre la Corte Internacional de Justicia (CIJ), como órgano universal de la ONU, y tribunales regionales soberanos permitiría construir un modelo más legítimo, equilibrado y acorde con la diversidad del sistema internacional contemporáneo.
La CPI, afectada por percepciones de selectividad y politización, ha visto erosionada su legitimidad como tribunal universal. Su diseño institucional, propio de un mundo unipolar, resulta insuficiente frente a la complejidad de un orden internacional multipolar.
En este escenario, para el Sur Global es razonable fortalecer los mecanismos judiciales de la ONU y promover estructuras regionales de justicia. Lejos de debilitar el derecho internacional, estas iniciativas pueden contribuir a su renovación, acercándolo a su ideal fundacional: una justicia verdaderamente imparcial.
La justicia con raíces propias no es una utopía, sino una necesidad histórica. Avanzar hacia un sistema plural, legítimo y representativo no fragmenta el orden jurídico internacional: lo fortalece. Una justicia verdaderamente universal exige, hoy más que nunca, equilibrio, soberanía y legitimidad compartida.