Durante noviembre el pleno de la Cámara de Diputados deberá votar la reforma al Código de Aguas. El texto contiene importantes cambios para enfrentar la degradación de las fuentes de agua y la crisis de acceso y abastecimiento que sufre el país, producto de una regulación carente de criterios sociales y ambientales e intensificados por la reciente sequía.
El Código de Aguas vigente fue promulgado en 1981, en plena dictadura militar, con un claro sesgo de mercado y aún rige el acceso, gestión y distribución del agua en Chile.
La reforma tiene su origen en una Moción parlamentaria ingresada el año 2011 por los diputados Accorsi y Jaramillo (PPD), De Urresti (PS), Meza (PRSD), León y Vallespín (DC), Molina (UDI), Pérez (RN), Tellier (PC) y Sepúlveda (Ind) cumpliendo ya 4 años tramitándose en la Cámara. Fue apoyada parcialmente por el nuevo gobierno en 2014 y aprobada por las Comisiones de Recursos Hídricos, de Agricultura y de Hacienda.
Aunque no aborda los cambios que requieren una reforma constitucional, el texto legal que deberá votar la Sala contiene importantes avances en el ámbito de los derechos humanos, equidad social, sustentabilidad ambiental y recuperación del rol del Estado en la gestión del agua con un enfoque de interés público. Entre ellos cabe destacar el reconocimiento del derecho humano al agua potable y saneamiento; la priorización del uso de las aguas para agua potable, actividades de subsistencia, sustentabilidad ambiental de las fuentes de agua y el establecimiento de reservas de agua para esos fines prioritarios.
La reforma al Código incluye un cambio en las características de los nuevos derechos de aprovechamiento de aguas, los que serán temporales y otorgados como concesiones de largo plazo (30 años), lo cual implica un cambio radical en relación a los derechos ya otorgados en el pasado, los cuales fueron otorgados como propiedad privada a perpetuidad.
El texto aprobado asegura el acceso al agua para comités y cooperativas de agua potable rural (APR), comunidades campesinas y comunidades indígenas; facilita y da plazos para la regularización de derechos, permitiendo regularizaciones colectivas. También establece condiciones para la sustentabilidad ambiental, como la protección de acuíferos y humedales, la constitución de caudales ecológicos en zonas amenazadas o degradadas, áreas protegidas y en caso de cambios de puntos de captación o permisos para obras mayores.
Finalmente la reforma establece causales de extinción y caducidad de los derechos de aprovechamiento de aguas, si quien los solicitó no utiliza las aguas durante 4 años en el caso de los derechos consuntivos (ej: riego) u 8 años los no consuntivos (ej: hidroeléctricas) o bien no los quieren inscribir para burlar el pago de patentes por no uso.
Todas estas reformas han constituido demandas de amplios sectores de la sociedad chilena desde la transición en la década de los años 90, pero fueron bloqueadas en la reforma al Código de aguas ocurrida en 2005, hace más de una década ya.
Hoy esperamos que los legisladores, primero en la Cámara, y luego en el Senado respondan a las demandas ciudadanas y a las restricciones que enfrenta nuestro país con la sequía y el cambio climático, y aprueben las reformas antes enunciadas.
Hasta ahora los textos aprobados de la reforma al Código de Aguas constituyen un importante avance, y un primer paso en la dirección correcta, de los cambios en las políticas de agua que Chile necesita, aunque no aborda cambios estructurales para la gestión pública e integrada de los recursos hídricos, lo cual requiere modificaciones constitucionales.
Aun siendo modesta, esta reforma está amenazada. Una fuerte ofensiva para perpetuar la mercantilización del agua ha sido desplegada por los gremios empresariales, destacando la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), el Consejo Minero, la Asociación de Generadoras y la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) con el fin de obstaculizar la reforma, para lo cual han construido un conjunto de slogans que desinforman a la ciudadanía, y que constituyen una verdadera “campaña del terror” sin fundamentos.
Por ejemplo, el presidente de la SNA, Patricio Crespo ha declarado que “estamos ante un proyecto inconstitucional, que busca limitar la perpetuidad de los derechos de aprovechamiento de agua, cambiando radicalmente su naturaleza jurídica. Hablemos claro, es una expropiación encubierta de esos derechos, sin fijar la indemnización que corresponde” falseando que la reforma no toca la naturaleza jurídica de los derechos existentes, sino sólo establece condiciones ambientales y sociales para su aprovechamiento, es decir reglas relativas a la función social de la propiedad, tal como mandata la misma Constitución que él invoca.
Por su parte el presidente del Consejo Minero, Joaquín Villarino, ha criticado que la reforma establezca “el acceso al agua potable y saneamiento” como “derecho humano fundamental irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado”, pues ello implicaría una gran carga al erario público, cuando justamente es el Estado el que debe asegurar derechos esenciales para proteger la vida de los ciudadanos. El derecho al agua y saneamiento además ha sido consagrado por Naciones Unidad como un nuevo derecho humano.
Siguiendo un libreto similar, el presidente de Sofofa Herman Von Mühlenbrock, declaró que la reforma atenta contra “un derecho fundamental como el derecho de propiedad privada" y expresó que "hay una noción errada de que el agua es un bien del Estado", afirmación de un nivel de ignorancia insólita, ya que el mismo Código de Aguas vigente establece expresamente que el agua es un bien público y que los particulares deben solicitar al Estado derechos de aprovechamiento.
Como si esto fuera poco, empresarios de nueva generación como Ian Nelson de Apemec y Claudio Seebach de la Asociación de Generadoras, han repetido los mismos slogan, en formato ideológico.
Nelson “es un mal proyecto de ley y, a nuestro juicio, inconstitucional” y en formato tecnócrata Seebach, “la reforma en su estado actual de tramitación genera incertidumbre e impactos relevantes en la operación actual del sistema, por tanto, impactos económicos en cómo opera actualmente, y sobre todo en el desarrollo de nuevos proyectos”.
Pero los ciudadanos y la mayoría de los parlamentarios sabemos que nuestra seguridad hídrica depende, entre otras, de estas reformas. Así también lo ha expresado la OECD en su Evaluación de Desempeño Ambiental de Chile entregada al gobierno en julio pasado, donde alerta sobre “la escasez de agua y la contaminación” en las zonas “donde se concentran la minería y la agricultura”. Acusa que “la falta de una gestión integral de los recursos hídricos trae aparejada la sobreexplotación de algunos acuíferos, lo que exacerba los conflictos locales” y destaca que existen “distorsiones en la asignación y el comercio de derechos de aprovechamiento de aguas”.
La OECD recomienda “adoptar un enfoque basado en los riesgos para la gestión de los recursos hídricos; acelerar la regularización y registro transparente de los derechos y uso del agua; reforzar la fiscalización y sanciones por extracciones ilegales”. También recomienda al gobierno “establecer usos esenciales del agua a los que se otorgue alta prioridad” e imponer “límites efectivos y exigibles a las extracciones, que reflejen las exigencias ambientales y ecológicas y la necesidad de un uso sostenible”.
La sociedad chilena tendrá la oportunidad en los próximos días de observar que es lo que vota el parlamento: la justicia y seguridad hídrica para Chile y los chilenos, o los negocios.
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