Del Quinto Real al Royalty minero en Chile

Desde la colonia la minería ha contribuido al Tesoro Público Nacional en formas muy diferentes.

La vinculación jurídica de la minería nacional con la Corona Española fue clara: el Rey era el DUEÑO de las minas y de acuerdo a las Ordenanzas su Majestad las otorgaba en concesión a sus vasallos para que las explotaran a cambio de un pago llamado “Quinto Real” equivalente al veinte por ciento del valor de los minerales extraídos.

El concepto de dominio sobre las minas como lo ha entendido hasta el presente el Estado de Chile fue muy distinto al que concibió la Corona española.

En tiempos del Rey, éste entregaba una “regalía” del 20% del producto. El Estado de Chile prefirió cobrar un impuesto sobre la renta que produce el negocio (ingreso menos gastos), o sea que si no hubiera utilidad, no pagan. Ejemplo fue la Disputada de Las Condes (en manos de Exxon) nunca pagó.

A principios del s. XX llegaron capitales y tecnologías norteamericanos (Braden y Kennecot), y la minería del cobre se desarrolló formidable.

El Estado continuó su vergonzoso papel de tímido recaudador de impuestos: la ley de renta gravaba utilidades de esas compañías instaladas en Chile. Nada estableció como compensación por llevarse materias primas [léase el suelo nacional] extraídas.

La gravitación que alcanzó la nueva minería en la economía nacional repercutió en el manejo del país: la ciudadanía tuvo la sensación de una retribución perversa e insuficiente del sector junto al deterioro de la soberanía económica por negocios operados totalmente desde fuera del país.

Durante la 2ª guerra mundial nos exigieron venderles la libra de Cobre a 0,33 centavos de dólar en bolsas de New York.

El proceso de “Chilenización del Cobre”, algo rectificó: le dio al Estado participación mayoritaria y se aumentó la producción mediante nuevas inversiones. El proceso fue insuficiente y en 1971 la “Nacionalización del cobre” se aprobó por la unanimidad del Parlamento.

El Estado recuperó el dominio de la gran minería del cobre y continuó su explotación directamente a través de una empresa estatal (CODELCO).

El gobierno militar lo gravó con impuestos especiales, sin oposición de Parlamento alguno, destinando el 10% de las VENTAS BRUTAS a la compra de armas.

A partir del año 1980 otra obra de la dictadura permitió la incorporación de capitales extranjeros a la explotación minera. Hasta hoy existe una vigorosa minería privada sujeta a una tributación por la renta, con un recargo introducido últimamente para cierto sector por un impuesto llamado “Royalty”, que no supera el 5% de la renta ya convenida, no sobre la venta del producto.

Los gobiernos de Chile nunca han asumido su papel de DUEÑO de las minas como lo hizo la Corona española.

Cobra una magra retribución por los minerales extraídos por los particulares y esto explica la actual insatisfacción de la ciudadanía [si se compara el sistema imperante con el que aplicó la Corona].

La relación Minería-Estado de Chile renta muy precarios beneficios económicos para nuestro país y otorga atracción preferente a los inversores extranjeros.

El ordenamiento jurídico chileno nunca se adecuó a la nueva situación donde un Rey fue reemplazado por un Estado.

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