El derecho a gobernar de Marcela Cubillos no es para hacer lo que le plazca

¿Qué alcance tiene el “derecho a gobernar” y a dirigir los destinos del país ganado en las urnas por la coalición Chile Vamos? Interesa la respuesta porque a juicio de la ministra de Educación, Marcela Cubillos, el rechazo de la acusación constitucional que enfrentó la semana pasada le permite recuperar ese derecho.

Cubillos señaló en su defensa que no se la podía acusar por emitir opiniones y disentir de la finalidad o diseño de ciertas políticas públicas en materia educacional. Que justamente para poder hacer aquello, ganaron la posibilidad de gobernar Chile en noviembre de 2017.

Para el Instituto Igualdad no es posible soslayar la temeraria afirmación de la ministra que, aparentemente, pretendería tener manga ancha para gobernar sin contrapesos ni control.

Primero que todo, nadie podría cuestionar el derecho de la Ministra Cubillos, en tanto persona y autoridad, a tener su opinión política o ideológica. Está en su derecho sostener sus puntos de vista, difundirlos y también concursarlos democráticamente. A lo que no tiene derecho la Ministra y cualquier otra autoridad, es a incumplir la Constitución y la ley.

En un Estado de derecho, ganar y asumir el gobierno y la administración del Estado, no implica un mandato para hacer lo que a uno le plazca, ni menos es una patente de corso. Debe necesariamente ceñir su mandato a la Constitución y las leyes.

No hacerlo atenta contra principios caros de la democracia, como el de legalidad y de división de poderes, entre otros. Pero especialmente con aquel, repetido en tantas Cartas Fundamentales y que constituye el freno al autoritarismo, “ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes”.

La separación de poderes o funciones del Estado, implica - en este caso - que si una determinada autoridad no cree en una ley, o bien no está de acuerdo en su diseño o finalidad, la única opción que tiene, en democracia, es intentar ganar la mayoría parlamentaria suficiente para generar el cambio legal que la habilite a llevar adelante una nueva política de Estado en la materia.

En tanto ello no ocurra, y aunque la acusación constitucional de marras haya sido desechada, debe esmerarse en cumplir la ley con celo y lealtad. Ese es su deber. Ni más ni menos.

Siempre es bueno recordar que en un Estado democrático de derecho, nadie, menos una autoridad, está por sobre la Constitución y las leyes.

Ergo, todos somos iguales ante la ley y responsables personalmente por nuestras acciones y omisiones. En el caso de los ministros y ministras y otras altas autoridades del Estado, la responsabilidad civil, penal y administrativa es asunto de la justicia común y de la Contraloría.

Distinto es el caso de la responsabilidad política; su persecución precisa incoar una acusación constitucional ante el Congreso Nacional, el que debe determinar, con exclusión de otro poder u órgano, si ha existido tal responsabilidad.

En el Instituto Igualdad consideramos deseable que la ministra no entienda el rechazo de la mentada acusación, por un margen de 4 votos y 2 abstenciones, como una licencia para obrar a su antojo.

Máxime en un contexto político en el que el voto de los diputados independientes, supuestamente de oposición, ha devenido en una incógnita a la hora de generar mayorías.

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