Para construir el orden y la seguridad: no más brutalidad policial

Las declaraciones del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, el 3 de noviembre al diario La Tercera, sorprenden por la falta de autocrítica con la acción de la institución que hoy dirige. Victimizar a Carabineros de Chile, que posee el triste desprestigio de ser un agente del Estado violador de derechos humanos, desde hace demasiadas décadas, no parece estar en sintonía con la necesidad urgente de revisar sus métodos y concepciones sobre qué seguridad y qué orden protegen.

Difícilmente alguien puede creer que la policía no cumple un rol fundamental en la sociedad. Frente al delito la comunidad naturalmente acude a Carabineros buscando en ellos protección y amparo. Por ello se vive la permanente contradicción entre un cuerpo que debe proteger, y que en ciertas circunstancias efectivamente lo hace, y un ente castigador y represivo de lo diferente, de lo pobre, de lo negro, de lo indígena.

La acción de la policía, estos primeros ocho meses del gobierno del Presidente Boric, dan cuenta que nada parece haber cambiado respecto a períodos políticos y gobiernos conservadores y centristas. Si observamos a las fuerzas que ejercen el Control del Orden Público (COP), exFuerzas Especiales, más que resguardar el orden parecen seguir cuidando una forma de desorden establecido, que solo protege los intereses de las minorías.

La brutalidad que manifiestan las fuerzas policiales contra los manifestantes, directamente o a través de otros agentes, como permitir la acción de civiles -y por lo que se ve en las redes sociales aparentemente protegerlos y coordinarse con ellos- es una invitación a que se inicie o genere una espiral de violencia. Estos hechos se ven agravados si consideramos que quien dirige el Ejecutivo es un hombre que ha estado en las calles y que conoce de esta brutalidad, además de que todos/as quienes se sumaron para elegirlo, en mayor o menor medida, esperaban cambios en las institución policial que están lejos de suceder.

El accionar de Carabineros sigue convirtiendo a la institución en una fuerza castigadora, no respetuosa, ni responsable de cumplir con su deber constitucional de garantizar los derechos fundamentales de los chilenos/as, entre otros, a reunirse libremente, esto es, sin permiso previo, en plazas y calles y a expresarse en paz y sobre todo hoy: al derecho humano a la seguridad.

Las violaciones a los derechos humanos y las denuncias de malos tratos a manifestantes detenidos, los abusos policiales a miembros del pueblo mapuche (en el marco de allanamientos o redadas en sus comunidades), torturas, actos de violencia sexual policial contra mujeres y niñas durante protestas estudiantiles y derechamente los crímenes, no son maltrato, ni acoso a Carabineros como señala el general Yáñez.

En el plano internacional, el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (SPT), en su visita a Chile el año 2016 (ONU-SPT. 2019), manifestó su preocupación ante los testimonios recibidos en materia de vulneración de derechos humanos en contexto de custodia policial. Este da cuenta de malos tratos en las comisarías y otras dependencias, que suelen ocurrir en lugares donde no existen cámaras de vigilancia, como baños o recintos de depósito colindantes con las áreas de detención. En una de las comisarías visitadas, el ingreso del SPT interrumpió dos situaciones de malos tratos que luego fueron detalladas por los testimonios de las personas privadas de libertad. Del mismo modo, el subcomité constató que las personas privadas de libertad en comisarías eran sistemáticamente inmovilizadas con esposas que se ajustaban alrededor de las muñecas más allá de lo necesario, provocando daños y dolores. Posteriormente, el año 2018, el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT) publicó en sus observaciones finales sobre el sexto informe periódico de Chile la necesidad de velar por que se lleven a cabo investigaciones prontas, imparciales y efectivas de todas las denuncias relativas al uso excesivo de la fuerza por agentes de las fuerzas del orden y seguridad pública, asegurarse de que se enjuicie a las/os presuntas/os autoras/es, y que, de ser declaradas/os culpables, se les impongan penas acordes con la gravedad de sus actos y se indemnice adecuadamente a las víctimas. También recomendó formar en diversas materias de derechos humanos a las/os agentes públicas/os, específicamente a agentes del orden y del sector judicial.

Sobre las vulneraciones a los derechos humanos durante la revuelta social 2019-2020, la información recopilada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) da cuenta de buena parte de las violaciones que tuvieron algún tipo de registro durante ese período. Su fuente principal fue la observación directa por parte de las/os funcionarias/os en diversos hospitales, unidades policiales y manifestaciones. Según datos del INDH (2019) entre el 17 de octubre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020 se contabilizaba un total de 11.179 personas heridas durante las protestas sociales(1).

Si el Estado de Chile y su gobierno desea avanzar este 2022 en la construcción de un cuerpo de Carabineros que efectivamente sea garante del orden, la seguridad y respetuoso de los derechos humanos, debe promover una fuerte autocrítica en la institución y terminar con las Fuerzas Especiales (FF.EE.), ahora COP, del mismo modo se requiere reformar la institución desde la mentalidad y la conciencia de sus integrantes, esa es la tarea de fondo, de modo que esta y sus miembros no vean en los jóvenes, pobres, indígenas, afrodescendientes, migrantes y en quienes reivindican derechos como enemigos del Estado, sino más bien como personas y ciudadanos que hacen un ejercicio legítimo de sus derechos humanos y que requieren del cuidado y la protección de la policía, no de las formas represivas y castigadoras que hoy ya demasiado cotidianamente vemos en las calles. Que ello cambie efectivamente, es un compromiso y una responsabilidad ineludible del Estado y de la autoridad política.

(1) Ver en "Diagnóstico de Caracterización y Vulneraciones a los Derechos Humanos en el Área de Función Policial", pág 29.

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