Recientemente se conmemoró el Día Internacional de los Trabajadores, una fecha que invita a reflexionar sobre la dignidad del trabajo y los derechos que, como sociedad, estamos llamados a garantizar. Sin embargo, hay una deuda histórica que aún persiste en el mundo laboral: la inclusión de las personas en situación de discapacidad.
Trabajar no es solo una necesidad económica; es un derecho humano, reconocido por la Constitución chilena, la Ley 20.422, la Ley 21.015 de Inclusión Laboral, y por tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. Sin embargo, este derecho aún no se ejerce en condiciones de equidad para miles de personas que viven con discapacidad en nuestro país.
La entrada en vigencia de la Ley 21.015, en 2018, marcó un paso importante hacia la inclusión. Según el reporte de estadísticas sobre esta ley inclusión laboral de la Dirección del Trabajo, desde el 1 abril de 2018 al 31 de marzo de 2025 más de 104.000 personas con discapacidad han sido contratadas en el país, y al mes de marzo de 2025, 50.906 contratos siguen vigentes. Desde 2018, se han registrado más de 24.000 reportes de empresas que declaran en el marco de esta ley, cifras que estarían muy por debajo de lo esperado y que evidencian los desafíos pendientes en temáticas de inclusión laboral y cumplimiento normativo.
Uno de los principales retos es la calidad de esas contrataciones en temáticas de inclusión laboral, que tienen que ver con ajustes razonables y adaptaciones propias que deben tener las organizaciones, no solo para dar cumplimiento a la ley sino que para generar entornos laborales realmente inclusivos. Por otra parte existe una brecha considerable en cuanto al género, ya que el 64% de los contratos corresponde a hombres, frente a 36% de mujeres, lo que da algunas luces de los tipos de trabajos a los que pueden optar las personas en situación de discapacidad. La remuneración imponible promedio es de $666.821, cifra que sigue por debajo del promedio nacional que según la Encuesta Suplementaria de Ingresos (ESI) 2023 del INE es de $826.535 netos.
La Ley 21.015 establece que las empresas con 100 o más trabajadores deben reservar al menos 1% de sus puestos a personas con discapacidad o beneficiarias de pensión de invalidez. Con la reciente modificación introducida por la Ley N° 21.690, esta cuota aumentará progresivamente a 2%, representando un avance significativo en la normativa de inclusión laboral en Chile.
Es momento de mirar más allá de las estadísticas y preguntarnos si realmente estamos construyendo espacios laborales donde todas las personas puedan participar y desarrollarse íntegramente. La inclusión no puede seguir siendo solo un cumplimiento legal, debe ser un principio organizacional, una práctica sostenida y garantizada en todos los procesos de la vida laboral. Es tarea de todos los organismos: Estado, empresas y sociedad civil, avanzar hacia un modelo laboral más justo, donde el trabajo sea un derecho plenamente ejercido para todas las personas.
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