Consagrar constitucionalmente el respeto, consideración y protección a las personas mayores

Como ciudadana chilena, decidí presentar una propuesta en la Secretaría de Participación del Consejo Constituyente, solicitando una audiencia pública, la que se realizó el 1 de julio recién pasado. Mi experiencia profesional en elaboración y ejecución de planes, programas y políticas públicas para la disminución de la pobreza y extrema pobreza me permitió trabajar con organizaciones de mujeres, familias y adultos mayores.

Le otorgo suma importancia al proceso constituyente que quiere una Constitución de origen democrático. Al leer el anteproyecto de la comisión experta, muchos temas llamaron mi atención e interés. Creo que es una muy buena base para la discusión que genere el nuevo texto constitucional en el Consejo Constituyente.

Esta Constitución es la primera del siglo XXI y hay temas emergentes que se agudizarán si nos proyectamos 20 o 30 años más. Si la Constitución regirá nuestra convivencia en sociedad por dos o tres décadas, entonces debe considerar la evolución de nuestra población y su proyección.

De la lectura del anteproyecto constitucional, llama particularmente mi atención la ausencia del tema del envejecimiento de nuestra población y las condiciones que enfrentarán en el futuro las personas mayores. Según cifras del INE, en 2017 había 57 personas de 65 años y más por cada 100 menores de 15 años. Las estimaciones que se proyectan, muestran una clara tendencia.

Para 2031 se proyecta que habrá 102 mayores de 65 años por cada 100 menores de 15 años. Y para 2050 serán 177 mayores de 65 años por cada 100 menores de 15 años, lo que revierte nuestra distribución demográfica.

Por tal razón, mi propuesta es que nuestra Constitución consagre el derecho al respeto, la consideración y la protección de este segmento de nuestra población, que ya hizo su aporte principal a la sociedad, constituyendo y desarrollando a sus familias, produciendo bienes o servicios al país, lo que merece algunos derechos como una seguridad social que le permita vivir con dignidad, una calidad de vida económica, social y cultural que respete esta etapa de su ciclo vital, y el acceso a una atención de salud oportuna y de calidad, entre otros.

Estoy consciente que todas y todos somos iguales en derechos, y aspiro a que también en deberes. Sin embargo, en las bases que entregó el Congreso Nacional, y que ponen un marco a esta Constitución, se consagra especial atención a las niñas, niños y adolescentes, con lo cual concuerdo plenamente.

Es necesario fortalecer la idea de promover el respeto y la no discriminación, en el nuevo texto constitucional. El respeto a las personas, a las comunidades y a la naturaleza. Considerando que ambos grupos etarios (menores y mayores) tienen características en común, como estar fuera de la fuerza productiva, ambos presentan grados de dependencia y, en sus extremos (recién nacidos y ancianos), presentan condiciones de vulnerabilidad, requieren del cuidado y protección especial de sus familias y en ausencia de ello, del Estado y la sociedad toda.

Como fundamento de esta propuesta, está la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (CDPM), aprobada por la OEA en 2015 y ratificada por Chile en 2017, que es el primer instrumento internacional destinado específicamente a promover, proteger y asegurar el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de los adultos mayores.

Esta convención define como "persona mayor" a aquella de 60 años o más, salvo que la ley interna determine una edad base menor o mayor, pero nunca superior a los 65 años. Además establece los deberes de los Estados parte para garantizar el catálogo de derechos que ella contiene, y las medidas de toma de conciencia destinadas a la sociedad en general.

Países como Argentina, Brasil, Colombia, México y Portugal ya establecen en sus constituciones el reconocimiento de derechos fundamentales (a la seguridad social, a pensiones dignas, a la salud, a la no discriminación por edad, etc.), a las personas mayores.

En el texto del anteproyecto constitucional, el Capítulo I, Fundamentos del Orden Constitucional, afirma en el artículo 14 que "la Constitución reconoce y asegura el interés superior de niños, niñas y adolescentes y las condiciones para crecer y desarrollarse en su familia".

Mi propuesta al Consejo Constituyente es que, en el capítulo primero y en el mismo artículo 14, sobre los niños, niñas y adolescentes se agregue un inciso como el que a continuación me permito sugerir:

"El Estado propenderá a un trato especial a las personas mayores, mediante el otorgamiento de condiciones especiales y beneficios, atendida la condición social, económica y cultural y las redes de apoyo de las personas mayores. Corresponderá a la ley regular los derechos, condiciones de aplicación y beneficios para las personas de este sector etáreo. Las autoridades del Estado estimularán un trato preferente a las personas mayores en todas las actividades públicas y privadas".

Esta propuesta generará cambios importantes en la actitud de las chilenas y chilenos, desde la más temprana edad pues, en virtud de esta inclusión en el texto constitucional, se contribuirá a que sea parte de la educación que se imparte a niñas , niños y adolescentes; promoverá conductas empáticas con las personas mayores (igual que con las menores); propenderá a que las familias se sensibilicen y se hagan cargo de todas y todos sus miembros en cada etapa de la vida; impulsará políticas, planes y programas que les ayuden y beneficien; así como permitirá la habilitación para la propuestas de normas y leyes que les favorezcan.

Ejemplos tales como acceso a una seguridad social que garantice pensiones dignas, acceso preferente a la salud, a las actividades culturales, acceso preferente al transporte público, gratuidad en algunos servicios, facilidades en espacios públicos que les consideren, acceso al cuidado adecuado según sea su condición de vejez, harán de nuestra sociedad, un ambiente más armónico, afectivo, solidario y, en definitiva, nos convertirá en una sociedad más desarrollada que evoluciona positivamente, como una sociedad justa, humanista y solidaria y, en definitiva, más democrática, donde todas y todos, cualquiera sea su condición, tienen espació para vivir con mayor libertad y plenitud.

Por último, creo que esta propuesta es importante para el país porque:

- Es una forma de posibilitar políticas públicas para abordar adecuadamente la creciente tasa de envejecimiento que afrontaremos en el futuro cercano
- Es importante promover una cultura de respeto, no discriminación y protección efectiva del proceso de envejecimiento y la vejez
- La sociedad que inculca el respeto, la consideración y la protección solidaria de sus semejantes, es una sociedad que se ennoblece
-Es necesario consignar que las personas mayores son sujetos de derechos y no objetos de protección, excepto cuando son no valientes, o sufren carencias que les hacen vulnerables
- Chile necesita consagrar el respeto por sus personas menores y mayores para ser una sociedad respetada

Por lo expuesto, es que propongo esta inclusión equitativa de las personas mayores en nuestro texto constitucional.

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