El procesamiento de Juan Emilio Cheyre

Juan Emilio Cheyre ha sido procesado por el ministro Mario Carroza como presunto cómplice en el fusilamiento de 15 presos políticos en La Serena, hecho ocurrido el 16 de octubre de 1973, en el contexto de la misión del general Sergio Arellano Stark, conocida como Caravana de la Muerte, cuyo cometido, ordenado por Augusto Pinochet, fue asesinar a 97 personas que se encontraban detenidas en las ciudades de Rancagua, Curicó, Talca, Linares, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt , Cauquenes, La Serena, Copiapó, Antofagasta, Calama, Iquique, Pisagua y Arica.

Entre los integrantes de la Caravana, se encontraban personajes que serían los peores perpetradores de crímenes contra los derechos humanos, como el Mayor Pedro Espinoza, el Capitán Marcelo Moren Brito, el teniente Armando Fernández Larios. Los crímenes fueron ejecutados con especial crueldad y ensañamiento, como lo comprueban las osamentas halladas en Copiapó.

En la época, Cheyre cumplía funciones en el regimiento Arica de La Serena como ayudante del Comandante del regimiento,  Ariosto Lapostol, quien fuera a su vez procesado por su responsabilidad en el homicidio de Bernardo Lejderman y su pareja María del Rosario Ávalos, así como por las torturas sufridas por los prisioneros que se encontraban en el regimiento bajo su mando.

Cheyre afirma su completa inocencia en relación a los crímenes de la Caravana de Arellano Stark y destaca en sus declaraciones que siempre sostuvo internamente un reproche ético sobre estos hechos, a los que califica como una experiencia límite, que marcaría traumáticamente su vida militar y especialmente su rol como Comandante en Jefe del Ejército.

La pregunta que muchos se pueden hacer es si acaso es creíble esta afirmación. Desde luego, habría que descartar dos ideas torpes que Cheyre esgrime en su defensa: la primera es que es tan responsable de los hechos como cualquier habitante de la ciudad de La Serena, y la segunda es que es víctima de una operación de  venganza de dos extremos: los agentes de la Dina y algunos familiares de víctimas.

Obviamente, él no era un ciudadano cualquiera avecindado en La Serena, sino que vivía al interior del Regimiento y tenía acceso al responsable principal del recinto. Eso no era poco cuando el jefe del regimiento además cumplía las funciones de Intendente.

La segunda afirmación puede ser más plausible, especialmente en relación al odio que ciertamente le profesan los ex militares condenados por violaciones a los derechos humanos, que consideran a Cheyre un traidor que rompió el pacto de silencio. Que grupos de familiares de víctimas busquen inculparlo es otra cosa y para nada asimilable a lo anterior: se trata de su derecho a que se investigue la verdad de los hechos y la implicación de cada uno de los actores del drama.

Pero volviendo a la pregunta sobre la credibilidad de Cheyre para juzgar los hechos de octubre de 1973 en La Serena, me parece que esta debe ponerse en relación con lo que fue su carrera militar (y también su carrera civil posterior) y especialmente con el período en que ejerció la comandancia en jefe del ejército, único momento en que realmente un militar puede desplegar sus convicciones personales.

Al respecto, no es irrelevante y algo que de hecho abona a su favor, que Cheyre haya sido quien por primera vez asumió las responsabilidades institucionales en las violaciones de los derechos humanos, pronunciando su emblemático Nunca Más, en que “el Ejército de Chile tomó la dura, pero irreversible decisión de asumir las responsabilidades que como institución le cabe en todos los hechos punibles y moralmente inaceptables del pasado (…) unas violaciones que no justifica y respecto de las cuales ha hecho y seguirá haciendo esfuerzos concretos para que nunca más vuelvan a repetirse”.

Ciertamente la justicia tiene que jugar su papel y, aunque tardíamente, lo está haciendo. En ese sentido no caben sino palabras de agradecimiento a la labor que cumple el juez Mario Carroza y a la evolución que ha tenido la Corte Suprema en relación a las violaciones de los derechos humanos en dictadura.

La pregunta política relevante, sin embargo, distinta de la procesal propia de la justicia, no es por la responsabilidad individual que haya podido tener un joven teniente como ayudante del comandante de un regimiento, en los crímenes que a lo largo de todo el país cometió Arellano Stark y su comitiva, sino si acaso ese joven teniente y futuro Comandante en Jefe sacó una lección moral de esos hechos y la aplicó con consecuencia en su vida profesional posterior.

Desde el punto de vista del reencuentro de los chilenos, de la restauración de un orden social, de las relaciones entre individuos que jamás debieron romperse y que tienen la obligación de vivir juntos, la justicia referida al tratamiento de graves conflictos sociales, guerras civiles o dictaduras, es decir, la justicia transicional, que tiene formas particulares de desarrollarse allá o aquí (por ejemplo en Colombia, donde se va a constituir un tribunal ad hoc para juzgar a las Farc y las sentencias han sido acordadas políticamente), debe poner especial atención en buscar reparar la convivencia gravemente quebrantada por el conflicto político, reconociendo los gestos de arrepentimiento y promoviendo la paz en la sociedad.

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