En la editorial de la Tercera del día lunes 12 de septiembre del 2019 titulada Retraso en tramitación de “Ley Sename” se califica como “retraso” al tiempo empleado por la Comisión especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con niños, niñas y adolescentes, para oír la opinión que sobre la futura ley tienen expertos internacionales, Unicef, la Asociación de Magistrados de Chile, el Hogar de Cristo, las agrupaciones de ex internos del Sename, los funcionarios del mismo SENAME y las múltiples ONG y fundaciones que trabajan con la infancia.
Todos coinciden en señalar lo defectuoso del proyecto de ley presentado por el Ejecutivo por, a lo menos, tres razones.
Primero, según lo proyecta el gobierno, será un servicio que, al igual que el actual, no tendrá controles externos e independientes del trato que se entregue a los niños, ni de la eficacia ni calidad de los servicios privados que todos nosotros financiamos para su cuidado y recuperación.
Segundo, nuevamente estará en manos de personal no especializado ni capacitado para trabajar con niños vulnerados.
Tercero, no contará con oficinas comunales que los atiendan en su propia localidad, junto a sus familias, por ende, otra vez, nadie coordinará el trabajo de las diferentes instituciones. Inevitablemente entonces, seguirá habiendo niños vulnerados, solos, indefensos, ante las autoridades administrativas y entes privados que decidirán sobre sus vidas, sin controles ni contrapesos.
¿Y desde la Tercera se pretende que los miembros de la Comisión los senadores, Montes, Quintana y Rincón, no presenten indicaciones para corregir tamaños errores?, y que hacerlo, ¿es “otra dificultad” puesta en la tramitación"?
Se desconoce toda esa información fácilmente comprobable revisando los videos de las sesiones de la Comisión, y se afirma que es el trabajo de “un grupo de Senadores” el que “dificultaría el cumplimiento de los objetivos originales del Servicio de Protección Especializada, que buscan superar las deficiencias del fallido Sename”.
Lo que el matutino llama “lentitud” no es otra cosa que el cumplimiento del deber constitucional que el artículo 5° inciso 2° de la Constitución impone a todos los órganos del Estado - incluidos el Ejecutivo y el Tribunal Constitucional - de respetar los derechos esenciales de las personas consagrados en la Constitución y en los Tratados de DDHH, entre los cuáles se encuentra, la Convención de los Derechos del Niño.
Tal convención, en su artículo 4°, establece el deber del Estado de “adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otro carácter para hacer efectivos sus derechos, hasta el máximo de los recursos disponibles y cuando sea necesario, acudir a la cooperación internacional”. ¿Dónde está la amenaza?
Si el gobierno no estuvo disponible para entregar a los niños vulnerados de nuestro país un nuevo SENAME que les garantice el respeto efectivo de sus derechos, no se puede pretender culpar de ello a otros.
Menos se puede intentar traspasar esa falta de voluntad a quienes sí están tomando todas las medidas tendientes a lograrlo. Estas han incluído intensas jornadas de trabajo, múltiples reuniones y propuestas para intentar acuerdos con el Gobierno respecto de las indicaciones parlamentarias presentadas para corregir los errores del ejecutivo.
El proyecto se aprobó en general el 4 de junio, se acordó plazo para presentar indicaciones el 1° de julio, los senadores cumplimos en la fecha estipulada, el Ejecutivo en dos ocasiones solicitó nuevo plazo para presentar las suyas, y se permitió demorar hasta el día 9 de septiembre - 2 meses y 9 días - para hacer su trabajo. De modo que la lentitud ha de predicarse de la conducta del gobierno, no de los senadores.
A mayor abundamiento, lamentablemente, las propuestas presentadas por el gobierno no alcanzan a cumplir el estándar constitucional ni el convencional. De modo que, afirmar como se hace en la editorial, que el trabajo de un grupo de senadores es el que “podría afectar negativamente la especialización que este organismo, por su naturaleza, requiere” es una afirmación que no tiene ningún sustento en la realidad.
El que amenaza el cumplimiento de esos objetivos acudiendo al Tribunal Constitucional, no es un grupo de senadores, es el propio Gobierno. De hecho, no sólo amenaza, sino que, apenas comenzada la votación, hizo expresa reserva de constitucionalidad del artículo 1° que fue aprobado por la mayoría de los parlamentarios con el fin de cumplir el compromiso internacional de reconocer que la “protección integral” que el Estado ha de entregar a los niños ha de “garantizar que se hará todo lo necesario para que gocen de sus derechos efectivamente”, y no limitarse a "simplemente decir que se velará” por ellos.
Eso es lo que mandata la Convención de los Derechos del Niño. Nada se dice, sin embargo, de esa decisión del Ejecutivo. Si el presidente Piñera va a mantener su postura de sostener que cumplir con este estándar básico, es INCONSTITUCIONAL, es su conducta la que debiese movilizar la inquietud periodística, compeliéndolo a explicar públicamente a la ciudadanía cómo tal postura se condice con los compromisos que asumió con los niños.
La misma ley N ° 21.090, que crea la Subsecretaria de la Niñez, en su artículo 1°, inciso segundo, prescribe que ella forma parte del “Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez”. Lo que hay que inquirir, entonces, es ¿qué pasó entre abril del 2018 que se publicó la ley de la Subsecretaria de la Niñez, con bombos y platillos, y septiembre del 2019 que se hace reserva de constitucionalidad por la inclusión del compromiso estatal de “garantizar” que los derechos de los niños en el “nuevo” Sename sean efectivos.
No lo sabemos, pero parece que los niños ya no están primero.
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