El parlamento debate un cambio al Banco Central, mediante una reforma constitucional, que le permita operar en el mercado secundario de bonos. Por ello, es recomendable analizar el diseño del nuevo mercado, los efectos reputacionales y efectividad para el ente rector.
Esta modificación permitiría que el Banco intervenga en la economía, sumando variables a su función de reacción, la cual modifica el precio del dinero (tasa de interés) buscado contribuir al bienestar. Esta función es conocida por los consejeros, quienes decidirán la Política Monetaria basados en ella y en sus propias creencias.
La serie de crisis del último año (social, sanitaria y económica) ha generado un aumento en la participación del Banco Central en el ciclo económico, con una mayor participación mediática, aumento en transacciones de moneda extranjera, aumento de su crédito con el FMI y la mantención de la tasa rectora.
Ellos son, en definitiva, los instrumentos para incidir en las expectativas y el nivel de precio, mediante la transmisión de su política vía instituciones de crédito y deuda, mayoritariamente bancos comerciales.
Al iniciar la pandemia se preguntó, ¿debería el Banco Central proteger exclusivamente al sistema financiero o podría actuar contingentemente sobre la economía con más instrumentos que el actual?, dado que se estimaba un shock real de actividad económica y demanda interna.
La respuesta fue afirmativa, el Ejecutivo inició una modificación legal que permitirá “en circunstancias excepcionales y transitorias” operaciones de instrumentos de deuda emitidos por el Fisco, en el mercado secundario abierto.
La discusión legislativa ha pasado por Comisiones del Senado, donde se ha constatado una mayoría de parlamentarios y expertos manifestar preferencia por la independencia del ente rector y mantener su rol fundamental que asegura la valorada estabilidad financiera, solo permitiendo su participación acotada en el mercado secundario de bonos.
Es decir, autorizar la recompra de deuda fiscal (bonos) que ya fue emitida a tenedores con portafolios de inversiones. Se espera que, al cambiar de posición, podrían participar en nuevas operaciones del mercado primario.
El proyecto de ley, ahora será conocido por la Cámara, donde se espera una breve discusión, en la cual sería oportuno analizar si este proyecto es la mejor respuesta. Por cierto, ello dependerá, de otros factores, donde la nueva facultad será un instrumento adicional.
Otras condiciones que debería cumplir el cambio a la Ley, es evitar emisión inorgánica, ser eficiente y cumplir su objetivo. Si bien sería mejor la compra directa de bonos al fisco, la evidencia muestra que no se puede implementar, por el riesgo hiperinflacionario que ello implica.
La segunda es teóricamente inalcanzable, dado que la intermediación tiene por definición costos de transacción y la tercera, dependerá de los incentivos que tengan los tenedores a participar en el Sistema de Operaciones de Mercado Abierto (SOMA) del Banco.
Cabe notar que hay un inusual silencio en el debate de bancos comerciales, inversionistas institucionales y corredoras de bolsa, lo que debería cambiar para mejorar el proyecto.
El nuevo mercado podría ser revisado por el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC), en lo referente a riesgos de coordinación que podrían incidir en las operaciones de venta en el futuro.
Finalmente, se debería analizar otros efectos del cambio, como la supervisión que realiza el Banco Central sobre los bancos comerciales, la clasificación de riesgo país asociado al traspaso de deuda y la fundamental reputación del Banco Central.
Por otro lado, una opción complementaria para circunstancias excepcionales y transitorias podría incorporar la compra de deuda del Fondo de Infraestructura S.A. que permitiese financiar aquellos proyectos fundamentales para la reactivación y estratégicos de Chile.
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