Solidaridad con la carretera hídrica

El escenario de sequía que enfrenta nuestro país, ha llevado a buscar alternativas para suministrar de agua la zona. Una de ellas es la carretera hídrica impulsada por la Corporación Reguemos Chile que busca “captar, almacenar y transportar el excedente de agua de los ríos de la Región del Bío-Bío, hacia el norte llegando a la Región de Atacama, donde el agua es escasa y necesaria para distintos usos, entre ellos la agricultura”. 

Un tweet del Diputado Walker, señaló que el “rechazo prematuro al proyecto de carretera hídrica desde regiones del sur nos habla del poco sentido de solidaridad hacia regiones como las de Coquimbo, donde mueren miles de animales al día producto de la emergencia climática, no nos saquen nuestra agua, no nos sobra, dicen”. El parlamentario alude a la solidaridad que debiese primar al momento de evaluar el proyecto. 

Revisando si ha existido solidaridad en la gestión de las aguas, la historia de la Ley Nº20.017 que reformó el Código de Aguas da cuenta que ha sido un valor ausente en la discusión de tal normativa.

Una muestra de ello fue la discusión en torno al caudal mínimo ecológico, es decir, el agua mínima necesaria para preservar valores ecológicos en el cauce de ríos u otros cauces de aguas. Diversas entidades participaron en la discusión parlamentaria aduciendo argumentaciones que distan de un espíritu solidario. 

La SOFOFA señaló que la concesión de aprovechamiento de agua es neutra frente a efectos ambientales ya que los efectos ambientales se producen por ejecutar proyectos que usan aguas, pero no el derecho de aprovechamiento. Aseguraron que no era la DGA, sino la CONAMA (que hoy sería el ministerio de Medio Ambiente) a quien correspondería pronunciarse sobre los estudios de impacto ambiental de proyectos que usarán derechos de aprovechamiento. Exponen que se deben otorgar derechos de aprovechamiento sin considerar un caudal ecológico mínimo. 

Por otra parte, la Confederación de la Producción y Comercio señaló que no comparte entregar a la DGA estas facultades, pues generaría conflictos de competencia y derroche de recursos y no tendría idoneidad técnica ni experiencia para realizar evaluaciones complejas. 

Asimismo, indica que condicionar la concesión de nuevos derechos de aprovechamientos a la necesidad de considerar la interacción de aguas superficiales y subterráneas conllevaría, en el mejor de los casos, retrasar el proceso de constitución de derechos, y su paralización en la peor hipótesis. 

Nuestros parlamentarios aportaron con reflexiones. El entonces Diputado Eugenio Munizaga (Cuarta Región) señaló que existe un amplio consenso en cuanto a la efectividad de la propiedad privada para preservar mejor los recursos.

Dijo que allí donde hay propiedad privada los recursos se cuidan y se aprovechan en mejor forma, mientras que donde no la hay suelen presentarse problemas de agotamiento y hasta de extinción, con todas las consecuencias económicas y ecológicas.

Este parlamentario ejemplificó con los animales de propiedad privada, como el ganado que no tiene peligro de extinguirse, ya que sus dueños se preocupan de mantenerlos e incrementarlos para maximizar el valor económico de su propiedad.

En cambio, los animales que no tienen dueños, frecuentemente están en vías de extinción, pese a esfuerzos de gobiernos y grupos ecologistas por evitarlo. Otra intervención fue de la entonces Senadora Matthei quien presentó una indicación para bajar el porcentaje del 20% del caudal medio anual a solo un 5%, agregando que el establecimiento de este caudal no podría perjudicar ni menoscabar derechos de terceros constituidos con anterioridad. 

Como conclusión, hoy tenemos un caudal ecológico mínimo que solo aplica para nuevas solicitudes de derecho de aprovechamiento, y por tanto inaplicable para los derechos ya constituidos que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, representaban un altísimo porcentaje de los disponibles, lo que terminó por aminorar significativamente su efecto. 

Estos argumentos no reconocen que otorgar derechos de aprovechamiento genera efectos ambientales, limitándolos solo para estudios de impacto ambiental, lo que hoy no es sostenible dado que no todos los proyectos que utilizan aguas ingresan a evaluación ambiental y además porque en un mínimo porcentaje lo hacen a través de un estudio de impacto ambiental. Asimismo, distinguir legalmente entre aguas superficiales y subterráneas no tiene respaldo con la evidencia científica que viene dando cuenta de la necesidad de reconocer las interconexiones entre sistemas acuáticos superficiales y subterráneos. 

Si hablamos de solidaridad, las aguas transportadas por la carretera hídrica debiesen tener un caudal mínimo ecológico aplicable a todos los derechos de aprovechamiento, o restituir al Estado los derechos no usados en un determinado periodo ¿Se aceptarían esas “limitaciones”? 

Lo cierto es que la no incorporación de nuevos instrumentos ambientales en la gestión de las aguas y la imposibilidad del Estado de tomar un rol estratégico en el desarrollo del país, impide que se tomen las decisiones en una materia donde el valor de la solidaridad es clave.

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