La Corte Suprema, en fallo dividido, ha dejado sin efecto el decreto de demolición emitido por el suscrito, en representación de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, dando luz verde a un proyecto que ha sido construido completamente al margen de la ley, amparado en permisos y certificados que según consta en el voto de minoría, emitido por el ex Presidente de la Corte Suprema, Ministro Sergio Muñoz, “fueron obtenidos de una manera que no puede ser calificada de regular”.
El mismo voto de minoría, plantea que “el acogimiento de la reclamación, se traducirá en definitiva, en que la última de las torres que integran el “Conjunto Armónico Bellavista” podrá ser construida, pese a la evidente ilegalidad de su autorización, en tanto en esta ésta se incluye el permiso para alzar la mentada estructura hasta 51,5 metros pese a que en un 80% del terreno que ocupa solo podría elevarse hasta 25 metros” lo que a su vez implica que “no existirá obstáculo legal, por la igualdad ante la ley y la justicia que ampara a todas las personas, para requerir y obtener permisos de edificación en las zonas en que se emplaza el edificio, hasta igual altura de las torres que la componen”.
Con esto la Ilustrísima Corte Suprema ha hecho suya la teoría de los hechos consumados y ha sentado un precedente de inmensa gravedad para el futuro de nuestras ciudades y en beneficio de las inmobiliarias, incluso a sabiendas del incumplimiento de la normativa de planificación urbana.
Por otro lado el mismo voto de minoría plantea en su fundamento que “además de la ilegalidad se tiene presente de forma determinante el interés público” cosa que han despreciado los ministros del voto de mayoría no entregándole ninguna relevancia al aumento desmedido de la densidad habitacional y poblacional como tampoco al evidente incremento del tráfico vehicular, de la congestión y de la contaminación que el proyecto traerá, despreciando una determinada calidad de vida como derecho adquirido pero al mismo tiempo reconociendo como tal, un permiso obtenido de una forma que no puede ser calificada de reguilar.
De esta manera, el voto de mayoría legitima irregularidades que esta autoridad, actuando éticamente, nunca estuvo en condiciones de legitimar, por lo que el impacto futuro de haber validado todo lo que este proyecto implica, de cara al futuro de nuestras ciudades, recae y recaerá única y exclusivamente en dicho cuerpo colegiado.
Lamentamos el fallo, pero lo acataremos con la conciencia tranquila de haber actuado sobreponiendo la legalidad, la justicia y el bien común por sobre cualquier otra consideración y valorando de sobremanera el voto de minoría que es claro en plantear que la determinación censurada en estos autos no puede ser tildada de ilegal, toda vez que la demolición dispuesta por el Alcalde de la Comuna de Recoleta se refiere a obras ejecutadas en disconformidad con las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de su Ordenanza General, y además, contrariando el interés general de los habitantes de la comuna.
No faltaran quienes celebrarán este fallo y se pondrán una vez más del lado de los intereses de los poderosos, pero está claro que la valentía no está en arrodillarse ante ellos sino en ponerse del lado de quienes no poseen poder, aunque no siempre se gane y a veces lo legal se divorcie claramente de lo legítimo, de lo justo y de lo correcto.
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