Crimen organizado o crimen ni tan organizado

Parecía un martes cualquiera, sin indicios de la debacle que ese día se evidenciaría en el sistema de persecución penal chileno. Al igual que todos los días, los matinales abren con noticias policiales, pero esta vez la noticia tenía un tenor distinto: el ojo del huracán se alojaba al interior del Poder Judicial, órgano que en general ha quedado fuera de las tradicionales deficiencias y descoordinaciones cuando se trata de la persecución penal.

El martes 15 de julio se daba a conocer la liberación de uno de los sicarios involucrados en uno de los asesinatos de mayor connotación del último tiempo, como lo fue el ocurrido en la comuna de Ñuñoa y que afectará al denominado "rey de Meiggs". Se trataba de un trabajo policial que había permitido identificar a quienes estaban detrás de su asesinato, y que habían podido ser detenido, formalizaos y supuestamente encerrados. El miércoles 9 de julio se había llevado a cabo la audiencia de formalización donde se había decretado la prisión preventiva de los tres imputados y hasta ahí todo bien. Lo ocurrido con posterioridad parece sacado de una obra de García Márquez al estilo de lo que ocurre en Macondo.

Por razones que luego fueron medianamente aclaradas, un error determina que uno de los tres sicarios fuera puesto en libertad a las horas de su audiencia de formalización que lo había dejado inicialmente tras las rejas. En efecto, producto de errores, imprecisiones o descoordinaciones entre el juzgado de garantía que ordenara su prisión preventiva, y Gendarmería que trasladó y luego liberó al sicario, se sucedían las culpas y responsabilidades.

En resumen, la jueza involucrada en el caso, con el objeto de enmendar un error formal que habría quedado en la resolución que mandataba la prisión preventiva del sicario, había expedido un segundo oficio dejando sin efecto la anterior y, por ende, dejando sin efecto la prisión preventiva (se supone que por defecto) para luego emitir un tercer oficio correcto con la prisión preventiva decretada en la audiencia. Estos tres oficios llegaron a Gendarmería a diferentes horas lo que habría provocado la liberación del sicario en el tiempo intermedio. Las razones de por qué el juzgado debía enviar los tres oficios Gendarmería no quedan claras, ya que habría bastado con enviar la última de ellas y esta historia no se estaría contando.

Más allá del hecho en concreto, la situación dejó al descubierto una serie de falencias y debilidades del sistema, a saber:

  • Que no existe un criterio claro para los casos de enmienda de resoluciones judiciales, señalando algunos que bastaría con enmendar la original mientras que para otros y en palabras de la propia jueza, ello no sería permitido por la Corte Suprema y debería ser enmendada con otra distinta, todo lo cual expone a las descoordinaciones y errores experimentados en el caso sicario del "rey de Meiggs"
  • Que no existen lectores de huellas ni cámaras de identificación biométrica, ni en los tribunales ni en Gendarmería, lo que más allá de este caso (en el que quizás no habría servido por no tener el imputado antecedentes previos en el sistema adulto) resulta crucial para efectos de evitar potenciales suplantaciones de identidad ya sea al ingreso o al egresar de centros penitenciarios
  • Que no existen en las fronteras mecanismos tecnológicos que permitan comprobar que un eventual pasaporte o carnet de identidad sean falsos o coincidan con la verdadera identidad de quien sale de país. Sin ir más lejos, el propio sicario salió del país con identidad falsa por la frontera sin despertar sospecha alguna
  • Que no existe un sistema que opere funcionalmente y permita a Carabineros y PDI realizar controles de identidad con biometría, ya que la búsqueda se basa en los datos del registro civil que solo contemplan nombre y RUT
  • La falta de criterios para el traslado de imputados de alta peligrosidad como era el caso del sicario, donde es conducido junto a quienes reciben una prisión preventiva sin criterios de segmentación ni de especial seguridad lo que permitió su liberación sin despertar mayores sospechas
  • La falta de coordinación en la entrega de información de las liberaciones de imputados realizadas por gendarmería a la fiscalía, quienes solo se enteran de su liberación a partir de la información que casualmente reciben de un defensor. Si bien por regla general fiscalía debiera conocer de todas las liberaciones porque son decretadas en audiencias, ello en este caso no operó

Con todas estas consideraciones a la vista, surge la pregunta de ¿qué tan sofisticado y organizado necesita ser el crimen en nuestro país? Pareciera que no tanto. Si un sicario puede cometer un crimen a plena luz del día, quedar registrado en cámaras de seguridad, sortear la acción judicial producto de un error que no queda claro de quién es y luego ser trasladado a la frontera y salir por un paso habilitado sin despertar mayores sospechas, pareciera más bien que en Chile, cometer un delito es cosa de principiantes. Quizás para el crimen organizado, nuestro país no represente un mayor desafío, circunscribiendo el accionar delictual a un crimen ni tan organizado.

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