Los Dictámenes son una prerrogativa exclusiva del Director del Trabajo

La reforma laboral de la Presidenta Bachelet, fue duramente cuestionada por quienes ahora se encuentran en el gobierno, llevándola incluso al tribunal Constitucional, minando un eje central de dicha reforma, la denominada titularidad sindical. No obstante, incorporó varios cambios que soportaron los embates de la derecha, y en la actualidad son ley de la República.

Sin embargo, luego de un silencio, desde el ministerio del Trabajo se han anunciado cambios, principalmente por vía administrativa, es decir mediante la emisión de dictámenes de la Dirección del Trabajo. 

Una primera cuestión que debe tener en cuenta la autoridad política, y que hay que recordarle al Ministro Sr. Monckeberg, integrante de un Gobierno que se ha caracterizado por los errores administrativos, que las autoridades deben regirse por el ordenamiento jurídico, y cada una actúa dentro de sus facultades. El ministro del Trabajo no tiene dentro de sus atribuciones la de emitir dictámenes ni tampoco instruir la dictación de los mismos, ni menos definir sus contenidos.

Esto hay que decirlo, ya que en diversas entrevistas (El Mercurio, 13 de mayo) y exposiciones (ASIMET), ha informado a la opinión pública que los dictámenes de la Dirección del Trabajo deben corregirse porque “se apartaron de la correcta interpretación”.

Es necesario recordar que el ministro del Trabajo no tiene atribución alguna para calificar la legalidad de un dictámen del Director del Trabajo, éste podrá ser revisado por Tribunales, pero en ningún caso por la autoridad ministerial.

Lo dicho está referido a lo estrictamente administrativo. Pero lo más complejo puede ser la consecuencia política de debilitar a la Dirección del Trabajo en su rol de promotora de los derechos laborales.

El organismo desde el retorno de la democracia, se ha caracterizado por promover el reconocimiento de los principios del derecho del trabajo y fue precursora en la incorporación, en nuestro sistema de relaciones laborales, de nociones como la ciudadanía laboral, los derechos fundamentales en el trabajo y la libertad sindical, incluso antes de la ratificación por el Estado de Chile de los convenios 87 y 98 de la OIT.

Los anuncios del Ministro, fuera del ámbito de sus facultades, de modificar dictámenes “contrario (s) a derecho”, en materias como reemplazo, grupos negociadores, servicios mínimos, extensión de beneficios, etc., es altamente preocupante, ya que al no tener las mayorías parlamentarias para modificar las normas de negociación colectiva, lo hará utilizando la mano del Director del Trabajo, en temas centrales de la reforma y claves para el reequilibrio del poder de las partes en la negociación colectiva.

Hay que recordar que la gran crítica de la oposición al Gobierno de la Presidenta Bachelet a esta reforma fue señalar que era una reforma sindical, denotando el desprecio por la acción sindical, y ahora al parecer ya no por la vía legislativa, que sería el camino democrático para hacerlo, se pretende hacer una reforma patronal por la vía administrativa.

Veamos un ejemplo de lo que puede ocurrir. El Ministro en ASIMET señaló la necesidad de clarificar el “sujeto en huelga”, refiriéndose a la situación de los conductores de camiones, que significaría que paralizan tanto el conductor como el camión, haciendo referencia a un dictamen que resolvió esta materia.

Este mismo razonamiento se puede extender a cualquier maquinaria o dispositivo operado por trabajadores o trabajadoras (p. ejemplo cajas).

Es un anticipo de la idea de autorizar por esta vía el reemplazo, ya que, si se considera que la huelga la realiza el trabajador, pero no el camión, ¿quién tendría que conducirlo?, obviamente otro trabajador, quien ocuparía el puesto de trabajo del conductor en huelga, es decir lo reemplazaría. Detrás de esto está la noción del derecho de propiedad como un supra derecho fundamental, al cual debe subordinarse los derechos de los trabajadores.

La excusa para todos estos anuncios es la “incertidumbre”, como ha repetido hasta el cansancio la autoridad ministerial, esforzándose por instalar comunicacionalmente un estado de caos e incertezas.

Esto es contradictorio con lo concluido en su reciente informe el Consejo Superior Laboral: “En general el análisis sobre la reforma resulta positivo, por cuanto busca fortalecer la libertad sindical en sus tres dimensiones (la constitución de sindicatos y su funcionamiento, la negociación colectiva y la huelga). Sin perjuicio de ello, en su aplicación es posible identificar ciertos problemas que han derivado en dificultades para los actores sociales”.

En realidad, lo que se trasluce de los dichos del Ministro es simplemente una disconformidad con los contenidos de los dictámenes y resoluciones de la Dirección del Trabajo, los cuales están en línea con la nueva legislación y orientados por el fortalecimiento de los derechos de libertad sindical, en consonancia con los tratados internacionales.

Lo que el Ministro hace con sus anuncios es instalar una verdadera incertidumbre de si este Gobierno será respetuoso del reconocimiento efectivo por parte del Estado de Chile de los derechos de sindicalización, negociación colectiva y huelga, y además de su pretensión de hacer sus reformas no de cara a la ciudadanía, en el Congreso Nacional, sino que por la vía administrativa, vulnerando la prerrogativas exclusivas que tiene el Director del Trabajo.

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