Tropiezos en educación parvularia

En estos  últimos días, se han hecho públicas dos situaciones que a nuestro parecer y de no enmendarse, van a implicar un serio retroceso a la educación parvularia chilena.

El primero de ellos, se deriva del Dictamen N° 0034 de la Superintendencia de Educación sobre qué se considera un establecimiento de educación parvularia y sus implicaciones en relación  a los llamados programas no formales o alternativos del nivel; el segundo,  es el Acuerdo N° 029/2017 del Consejo Nacional de Educación que reprueba las Bases Curriculares de la Educación Parvularia presentadas por el MINEDUC.

Respecto al primer tema,  la Fiscalía de la Superintendencia afirma que son “establecimientos de educación parvularia, propiamente tales o con denominaciones análogas, aquellos recintos que constituyen un espacio destinado al desarrollo de la función educacional, contando con los tres componentes o factores copulativos anteriormente señalados”. Esto último, significa que impartan una atención integral, que atiendan niños y niñas entre el nacimiento y la edad de ingreso a la educación y que favorezcan de manera sistemática, oportuna y pertinente su desarrollo integral, aprendizajes, conocimientos, habilidades y actitudes. Se agrega, “en caso contrario, se considerarán lugares dedicados simplemente al cuidado o custodia de niños y niñas”.

Este último párrafo, nos parece particularmente delicado y de nefastas consecuencias. Desde los inicios de la educación parvularia en el mundo y en Chile, han existido otros, los no-formales o alternativos, igualmente educativos que han atendido a familias cuyos hijos tienen características particulares: niños en hospitales, en zonas de alta dispersión poblacional, con diversidades en sus  organizaciones sociales y ejes culturales (gitanos, pueblos originarios, etc.), e incluso, los que permanecen en el hogar. Ello, porque, por ejemplo, no es adecuado que antes del año, vayan a una Sala Cuna por el desapego a la madre,  y/o   por razones de salud.

Por tanto, darles el carácter de centros “de cuidado o custodia”, pensamos que es no considerar su riqueza pedagógica y  el trabajo que por años equipos profesionales y comunitarios han hecho para brindarles una educación de calidad “muy pertinente” a grupos de niños y niñas.

Reconocemos que existen algunos programas de este tipo de gestión vecinal que podrían responder a este apelativo, pero cada vez más se han ido regulando. Chile ha tenido una larga lucha  tratando de eliminar los conceptos de “guarderías” al cual habría que agregar ahora el de “custodia”, que señala este dictamen.

Esperamos se reconsidere lo normado, sobre todo por la realidad del país, las evaluaciones existentes, y que el derecho de los niños es a una educación de calidad formal o no-formal, a través de sus variadas alternativas de calidad.

El segundo tema, la reprobación transitoria de las Bases Curriculares de Educación Parvularia presentadas al CNE,  preocupa por el tiempo previo que se dedicó a su reelaboración (tres años), y al corto tiempo (60 días)  que se tiene ahora para hacer estos “mejoramientos”. Ello, no permite lo que debería venir, una reelaboración del instrumento por parte del equipo interno, con algunos especialistas en un trabajo dedicado y sostenido que vele por todas las coherencias que debe tener.

Por tanto, esperamos que la Subsecretaria de Educación Parvularia, tenga la fuerza para fundamentar estas decisiones ya que los argumentos existen, y a la vez, la apertura para incorporar ciertas sugerencias de mejoramiento que nos parecen válidas como todo instrumento optimizable.

Esperamos que el CNE, tenga presente las características propias del nivel y los avances en este campo, abiertos a la potenciación,  al asombro, a esperar lo que no se espera, reconociendo  la maravilla de lo que los niños pueden hacer, como lo planteó el especialista inglés Peter Moss esta semana en el Congreso más importante que realiza OMEP mundial,  en Croacia.

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