Chile es el único país de América Latina que no cuenta con una Ley de Garantías y Protección Integral de Derechos de la Niñez y Adolescencia, a pesar de haber ratificado hace ya 30 años la Convención de los Derechos de la Niñez (CDN). No contar con dicha normativa ha significado que las vulneraciones de derechos a niños, niñas y adolescentes (NNA) no son enfrentadas por el Estado de manera integral, ni cumpliendo el compromiso contraído con la CDN.
De hecho, muchas veces son las mismas instancias de protección de derechos dependientes del Estado las que los vulneran, sin asumir la protección universal de derechos, a NNA. Y hoy, que vivimos una pandemia mundial, esas consecuencias se agudizan todavía más.
En este contexto se produce la polémica,que incluye un veto presidencial, que condiciona la promulgación efectiva del nuevo Servicio de Protección Especializado que reemplazará al SENAME a la promulgación de la Ley de Garantías y Protección Integral de Derechos de la Niñez y Adolescencia.
Entendiendo la necesaria transformación del fracasado organismo, se debe entender que, tal y como está propuesto su cambio, una nueva institucionalidad es una cáscara vacía al no circunscribirse a un real sistema de protección integral para la niñez.
El nuevo SENAME tiene una falencia de fondo,no considera nuevas reglas del juego para el sistema de licitaciones, que ha sido un desastre de burocracia en la continuidad de las atenciones.
Todavía más, representa un sistema de precarización laboral para miles de profesionales, y tampoco considera financiamiento que permita cubrir íntegramente las prestaciones que se brindan por el sistema de Organismos Colaboradores, es decir, el Estado sólo subsidia y deja a la solidaridad o beneficencia prestaciones de alto costo y especialización.
Aun cuando se consideran relevantes los cambios en selección y formación de equipos, supervisión técnica, acreditación, y descentralización, la nueva institucionalidad sólo favorece el aislamiento y el funcionamiento deficitario que por años hemos observado en el SENAME.
Por tanto, el condicionar la Ley de Servicio Especializado a la Ley de Garantías tiene un sentido de “mirada país”, de valorización real de la situación de la niñez y de transformación del compromiso del Estado con la resolución de sus problemas.
Con Ley de Garantías, niñas y niños podrán contar con una educación y salud garantizada. Se permitiría la existencia de un sistema de alerta y atención preventiva de las violencias que emergen en los hogares. La comunidad escolar podrá apoyar a las familias ante la presencia de situaciones conflictivas, sin judicializar su solución. También se podrá apoyar a los adultos significativos de la niñez en estrategias de cuidado, crianza y resolución de conflictos sin violencia. Se podría ampliar el programa “Chile Crece Contigo” en cuanto a cobertura amplia en servicios y edades (incorporando la adolescencia), que sea el eje estructurante de los servicios que el Estado le presta a su ciudadanía infantil.
Con una Ley de Garantías efectiva contaríamos también con un Estado que tendría como mandato que todos sus ministerios y servicios mancomunaran esfuerzos intersectoriales, trabajo y presupuesto en pro de la niñez -de toda la niñez- independientemente de su origen social, de su nacionalidad, condición de salud, entre muchos otros factores.
En este sentido, la relevancia en contingencias como la que hoy enfrentamos cobra una magnitud incalculable cuando se requieren respuestas integrales frente a una pandemia que está afectando todos los ámbitos de la vida de nuestros niños, niñas y adolescentes.
Con una Ley de Garantías, además, contaríamos con organismos territoriales especializados a cargo de hacer los seguimientos en los lugares geo referenciados por alto hacinamiento y situación de pobreza, y también aquellos que han presentado violencia intrafamiliar, negligencia parental u abandono en todos los estratos sociales, con objeto de generar medidas que ante la coyuntura de la emergencia sanitaria prevengan y protejan a la niñez frente a determinaciones de la autoridad, como la cuarentena.
Con Ley de Garantías menos niños y niñas debieran llegar a la última instancia que es el Servicio de Protección Especializada que reemplaza al SENAME. Dejaríamos de llegar tarde ante las vulneraciones graves que sufren.
Como organismo internacional, recomendamos al Ejecutivo no aplicar el veto presidencial a la normativa, puesto significaría que el SENAME sólo cambie de nombre y tenga algunas mejoras de gestión, pero de manera aislada, sin que el Estado completo se comprometa a brindar condiciones para que menos niños y niñas lleguen a sus centros y programas.
En consecuencia, el veto significaría obviar las observaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y sus recomendaciones; sería denegar el compromiso de los “Niños Primero”, significaría que cumpliríamos más de 30 años sin honrar la promesa de hacer efectiva la Convención de Derechos del Niño. Seguiríamos siendo el único país de América Latina sin ley en esta materia. Sería más de lo mismo.
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