Los acuerdos refrendados por el Octavo Juzgado de Garantía entre la Fiscalía y la defensa de Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín y también en el caso del ex subsecretario de Minería, Pablo Wagner, que evitaron el juicio oral y permitieron el procedimiento abreviado suprimiendo los delitos de cohecho y soborno, echan por tierra la expectativa de que el emblemático caso Penta tuviera una condena ejemplarizadora con resultado de cárcel efectiva.
Dos años antes, el propio fiscal a cargo del caso Penta, Manuel Guerra, había señalado que como Ministerio Público no estaban dispuestos a aceptar un procedimiento abreviado en que los imputados no reconocieran responsabilidades por cohecho, dada la relevancia de ese delito más allá de la pena, porque el bien jurídico afectado era la probidad pública.
Después de cuatro años de investigación y 35 formalizados (incluso durante el proceso murió uno de ellos, Hugo Bravo, ex gerente de Penta), el caso que evidenció el financiamiento irregular de la política en Chile y que impulsó una histórica y robusta agenda de transparencia, probidad y anticorrupción va llegando a su fin, sin sancionar los delitos de cohecho y soborno, sino sólo los tributarios.
Mientras en el inicio del proceso la Fiscalía pedía penas por sobre los diez años, en el juicio abreviado producto del acuerdo en que el Ministerio Público sólo acusará por delitos tributarios y no por los ilícitos más graves que se investigaban y que configuraban la corrupción (cohecho y soborno), la pena máxima que podrá lograr será de 4 años de pena remitida y el pago de multas.
¿Qué pasó en ese tiempo que modificó la valoración de los hechos por parte del fiscal Guerra, que incluso desestimó el Informe de la Unidad de Anticorrupción del Ministerio Público que planteaba sus reparos al acuerdo que elimina la acusación de cohecho para llegar a un juicio abreviado?
¿Cómo se entiende que los 42 millones que Penta pagó en cuotas bimensuales a Pablo Wagner, que siendo Subsecretario de minería propuso el nombre de Carlos Lavín para el directorio de Codelco, no sea considerado cohecho, sino aporte económico indebido?
Aunque en teoría el Fiscal Regional es autónomo y el Fiscal Nacional, Jorge Abbott se encuentra inhabilitado en el caso por sus lazos familiares con el ex director del Banco Penta, Alfredo Moreno, la apuesta de la cabeza del Ministerio Público de no perseguir los casos de financiamiento irregular de la política con intensidad, sin duda, influyeron en el desenlace de este caso emblemático que impulsó una potente agenda de reformas al financiamiento de partidos y electoral.
En 2016, se empezó a gestar la doctrina Abbott que respondió a un acuerdo del Fiscal Nacional con el Senado cuando era candidato al cargo, en que ofreció garantías de dar un rápido cierre de las causas por financiamiento ilegal de campañas.
En una entrevista al inicio de su gestión, Abbott reconoció que buscaría una fórmula para acotar las investigaciones sobre delitos tributarios y financiamiento irregular de campañas y darles un pronto término.
Asimismo, en su discurso en su tercera Cuenta Pública como Fiscal Nacional, Abbott hizo un llamado a los fiscales a ser responsables cuando sus investigaciones puedan afectar el funcionamiento de otros poderes del Estado, aludiendo a los desafueros de los parlamentarios. “Debemos ser diligentes cuando hay representantes de elección popular involucrados, por la responsabilidad de no alterar más de lo necesario el funcionamiento del poder del Estado en el que se desempeñan”, sentenció.
Los fiscales que no adhieren a la doctrina Abbott y buscan profundizar estas investigaciones, corren el riesgo de ser removidos de sus casos, como ocurrió con el fiscal Emiliano Arias con Corpesca o con el sumario por dar declaraciones a la prensa.
En este mismo espacio en 2016, señalábamos que existía una tensión entre Abbott y Arias en la forma de encarar las investigaciones que tocan a los grandes poderes y que la sanción sufrida por este último, más que sancionar una posible infracción al deber de reserva de los investigadores o de hacer un llamado al orden en relación a las declaraciones a la prensa, parece ser una señal sobre cómo proceder en los casos en que están involucrados grupos de interés poderosos.
Por otra parte, los ex fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena terminaron renunciando a sus cargos porque se oponían a dar una salida alternativa al senador Iván Moreira cuando estaban a cargo del caso Penta, cuestión que finalmente ocurrió.
En la vereda de enfrente, el fiscal Pablo Gómez resultó ser un buen seguidor de la doctrina Abbott al alcanzar un acuerdo con SQM para una salida alternativa.
A propósito del cierre de la investigación con el acuerdo que evitó el juicio oral, el ex fiscal Gajardo consideró que había antecedentes suficientes para probar el cohecho y el soborno porque el pago de 42 millones recibido por Pablo Wagner de parte de Penta no tenía fundamentación lícita, dada la existencia de un finiquito que no dejaba pagos pendientes de la compañía en la que había trabajado; se falsificaron boletas de honorario de una tercera persona y el propio ex gerente de Penta, Hugo Bravo, sindicó la acción como cohecho.
El ex subsecretario de Minería propuso a Carlos Lavín como parte del directorio de Codelco y sostuvo reuniones periódicas con funcionarios de minera Dominga que le solicitaban asesoría en el proyecto antes de presentárselo al ministro.
Para Gajardo, el cambio en la valoración de los hechos por parte del fiscal Guerra respondería a su interés por ser el próximo Fiscal Nacional, lo que le impediría enemistarse con los senadores, dado que necesitaría 2/3 de sus votos para llegar a dicho cargo.
Asimismo, en 2017 el entonces senador y actual ministro de justicia, Hernán Larraín, se reunió con el Fiscal Abbott para abordar la situación del formalizado senador Iván Moreira, luego de lo cual el fiscal Manuel Guerra solicitó la suspensión condicional del procedimiento.
Además del debate sobre las bajas penas del delito de cohecho, que actualmente van de 61 a 541 días, y del proyecto de ley que las aumenta, el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa de “los Carlos” para evitar el juicio oral en uno de los casos más emblemáticos de financiamiento irregular de la política, viene a reafirmar la impunidad de los delitos de cuello y corbata, el sesgo de clase del derecho penal y que la cárcel efectiva no suele ser el destino final de altos ejecutivos y empresarios.
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