El sabor amargo de la Ley de protección al empleo

La ley que permite suspender la relación laboral entre trabajadores y empleadores  fue presentada al Congreso y al país como una herramienta especialmente diseñada para salvaguardar el empleo y la viabilidad económica de las  PYMES.

Sin embargo, a más de un mes de su aprobación, quienes la apoyamos con nuestro voto, y en general la ciudadanía, hemos visto serias desviaciones en su aplicación y finalidad, las que pueden calificarse como “un uso abusivo” por parte de algunas grandes empresas de la economía nacional.

Cuando decimos abusivo nos referimos a la torcida, vergonzosa y hasta inmoral  aplicación de una norma que fue concebida para proteger a la parte más débil de la relación laboral, pero que a la larga ha servido para proteger justamente a la parte que se suponía tenia las herramientas y espaldas financieras que le permitirían sortear este difícil escenario junto a sus trabajadores.

La empresas no tienen “alma” nI hacen  beneficencia, pero al estar inmersas en la sociedad deben cumplir con un rol social más allá del objetivo único de pretender siempre maximizar sus ganancias no importando el costo. Su responsabilidad social debe comenzar primero, y así debe entenderse, por sus trabajadores.

Grandes empresas del retail han utilizado esta figura, Almacenes París y Ripley entre ellas, que en sus balances aparecen con millonarias utilidades en 2019, y que por tanto creemos no tienen justificación para usar este instrumento.

El ejemplo de la cadena Starbucks ya es usado incluso internacionalmente para demostrar el mal uso de la herramienta, que llevó incluso a este empleador a suspender a trabajadoras que se encontraban con fuero maternal, cuestión que tuvo que resolver la Justicia en favor de las trabajadoras.

Dentro de estas empresas también sabemos que hoy se ofrecen préstamos a sus trabajadores para que puedan “sortear los difíciles momentos que vivimos”, entonces nuevamente surge la duda y nos obliga a concluir que si hoy cuentan con dineros para ofrecer préstamos, siempre pudieron pagar los sueldos de sus funcionarios.

Esta semana, y a pesar de no ser lo mejor que hubiéramos esperado, pues cabe recordar que la iniciativa en esta materia solo la tiene el Ejecutivo, pudimos aprobar “con un sabor amargo” al dar nuestro voto para algunas modificaciones a esta norma: la principal de ellas es la prohibición de repartir utilidades en aquellas empresas que se acogen a esta ley, pues si los trabajadores no pueden recibir sus sueldos, lo lógico es que tampoco puedan recibir ganancias los dueños de estos capitales, haciéndonos cargo de alguna manera  de lo que ocurrió con el grupo Cencosud, que finalmente decidió echar pie atrás a su polémica decisión..

Comentario aparte nos merece el retraso y las dificultades que ha tenido la AFC en el primer mes de pago de este seguro, denunciado nuevamente por trabajadores del retail, cuestión que requiere investigación y sanción de ser procedente, pues los trabajadores no pueden, además, soportar el costo de una mala gestión de los empleadores o de esta entidad.

Decimos que las empresas no tienen alma ni conciencia, pero a ellas y a sus ejecutivos se les pidió un pacto de buena fe, buena fe que creemos ha sido quebrantada por algunos, y que requiere la investigación y sanción por parte de los organismos administrativos y de la Justicia, pues debemos recordar que esta normativa contiene implicancias penales para quienes precisamente la mal utilicen.

La Ley de Protección al Empleo por cierto ha servido para que las Pymes y sus trabajadores puedan aguantar de mejor manera este tiempo tan duro, sin embargo su mala aplicación deja de manifiesto, una vez más, que las reglas del mercado siguen siendo insuficientes para normar la actitud de algunos, y estamos convencido/as que una nueva Constitución debe enmendar las grandes deficiencias del actual orden económico.

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