¿Ostentación Intelectual?

Hace unos días se realizó un Seminario Internacional titulado: “Reinserción v/s Reincidencia: Impacto de la Cárcel”, convocado por el Centro de Estudios de Seguridad Ciudadana, del Instituto de Estudios Públicos de la Universidad de Chile. Además de jueces, fiscales y autoridades del poder judicial, participaron distintas instituciones y expertos internacionales.

Aunque destaco encuentros donde se aborden estos temas, me llamó la atención el énfasis que se dio durante la jornada, sobre la reincidencia, sin ahondar como muchos esperan, sobre la reinserción, tema fundamental si queremos recuperar a un individuo que ha sido condenado por cometer delito.

Se fundamentó en torno al agravante que significa reincidir, sin precisar en que la responsabilidad de lo anterior, recae plenamente en la institución que tiene por misión la recuperación para la sociedad de estas personas, que han  estado privadas de libertad.

No son pocas las ideas foráneas que nos invaden y aparecen como la panacea de lo que habría que hacer respecto a la problemática que nos atañe, ignorando que cada pueblo tiene sus culturas propias y sus modos específicos de superar sus conflictos.

Presunción intelectual u ostentación evidente,  que no logran dar con las medidas necesarias y adecuadas que exige esta realidad social.

Por otra parte,  ha llegado el momento  en que hay que preguntarse, a quién condenamos cuando una persona sale de una pena privativa de libertad y al poco tiempo vuelve a delinquir.

El agravante debe recaer en las Instituciones que han sido incapaces e ineficientes, que no han sabido recuperar  social, familiar y laboralmente a estos individuos.

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