Responsabilidad democrática en tiempos constitucionales

  • Coescrita con Hernán García, profesor de la Universidad Academia Humanismo Cristiano

Uno de los desafíos centrales de la democracia representativa es la representación (esta obviedad, que no es obvia, ha sido problema de discusión por siglos en Occidente), exigiéndole sea siempre la más real y efectiva. Se podría indicar que, desde la antigua Grecia, la misma se ha buscado sea desde una población emplazada en un espacio geográfico o bien desde el espacio geográfico que la contiene (parte constitutiva del mismo), siendo funcional a la mejor organización de la Polis, lograda por la mejor constitución política –politeia- posible(desde el mito, la tradición y el arquetipo político).

En Occidente, con más o menos coincidencias, esto transita desde una escala local a una nacional, por medio de los distintos roles de la/os representantes. En el caso chileno desde las autoridades locales (concejales/as, alcaldesas/es), regionales (consejera/os regionales, gobernadora/es), congresistas (diputados/as, senadoras/es), hasta llegar a la máxima autoridad electa en la Presidencia de la República, bajo un régimen presidencialista y un Estado unitario.

Para activar esta democracia representativa se requiere de mecanismos de elección y que estos aseguren una adecuada, transparente y justa representación. El "hoy representativo" se entiende desde el tránsito de un sistema binominal a uno proporcional, explicado por la síntesis del movimiento social/geografía de la multitud (la dictadura cívico-militar supo de ella y también la democracia de los '90 en adelante, pero en específico desde 2010 hasta el acuerdo del 15 de noviembre de 2019 aproximadamente) y voluntad política de algunos sectores del sistema político que buscaron avanzar en ese cambio, cuestión recogida en el programa de gobierno de la coalición política Nueva Mayoría, liderado por la exPresidenta Michelle Bachelet (Ley N° 20.840 que institucionaliza el sistema proporcional).

En Chile, este sistema electoral se aplica para elegir todos los cargos de representación, a excepción de los cargos uninominales (alcalde/a, gobernador/a y Presidente/a), avanzando inclusive en la institucionalización de elecciones primarias (voluntarias y activadas por los partidos políticos), las cuales permitirían una mejor selección de las candidaturas en todas sus coberturas territoriales. Por otra parte, se concretó una línea de "justicia de la representación", para que la equidad de candidaturas (mujeres y hombres) permitiera una mejor decisión. También la descentralización, en su avance cansino, encamina una representación más sustantiva.

En este contexto, concluida la fase constitucional N° 2 proveniente del acuerdo del 15 de noviembre de 2019 (la primera tuvo que ver con lo ejecutado por Michelle Bachelet en su segundo mandato, implicando consulta ciudadana y proyecto de nueva constitución ingresado al Congreso en las postrimerías de su mandato), irrumpió la potencia de la participación real vía voto obligatorio, el cual quedó como parte del itinerario constitucional del Acuerdo por la Paz y una Nueva Constitución para el plebiscito constitucional de salida ejecutado finalmente el día 4 de septiembre de 2022, donde como sabemos ganó la opción Rechazo, con un nivel participación electoral histórica.

Hoy, en la búsqueda de un nuevo acuerdo entre las diferenciadas fuerzas políticas con representación en el Congreso, para un renovado itinerario constitucional, se instala la necesidad de mejoramiento democrático-representativo-constitucional para seguir avanzado, haciendo del voto obligatorio una aplicación para todos los procesos electorales que se vienen en un futuro y en todas las coberturas territoriales, configurando -sin duda- una nueva geografía electoral en el marco de la representación política mejorada, se supone.

El nuevo proceso, ineludiblemente debería tener como línea base un órgano redactor inminentemente representativo desde el territorio-ciudadanía en los máximos históricos posibles respecto de las correlaciones de fuerzas políticas vigentes. El número de estos representantes es parte de la tarea política de quienes buscan cumplir los compromisos contraídos en forma previa al 4 de septiembre (existen diversos planteamientos que van desde un rango de los 50 a 100 integrantes del nuevo órgano), considerando a lo menos paridad de genero y un porcentaje de representantes de pueblos originarios. En el debate ha surgido la idea de sumar un grupo de "expertos", lo que -hasta ahora- ha decantado en constituir un equipo de "árbitros", pasando a ser llamado "comité técnico" que estará integrado por 14 abogados/as, cuya función será velar para que se cumplan los 12 puntos de acuerdos o de "bordes" constitucionales, entre otras materias que surjan de la deliberación del órgano redactor(1).

En esta línea, la formalización del sistema contra-democrático lograda por Pierre Rosanvallon, esto es, una democracia formal institucional electoral vs. una democracia no institucionalizada proveniente desde más allá de esta institucionalidad, siempre vigente desde la instauración de las democracias modernas, interesa colocarla en valor respecto de este tercer tiempo constitucional. Ese balance entre la confianza y la desconfianza que permite este sistema contra-democrático, es el que tiene que lograrse lo más asertivamente posible para que este pacto social constitucional, base de este remozado futuro sistema contra-democrático, se proyecte e impida la profundización de la desafección por la política (importante por estos días, más cuando se observa a política/os debatiendo una reforma de pensiones y tributaria desde la trinchera por la trinchera... ¡qué incomodo!), dificultando el horizonte de concurrir en comunidad/colectivo, a proyectos comunes para concretar el desarrollo personal y nacional en las particularidades que ofrece el espacio geográfico de la patria.

Es decir, las confianzas deben aumentar y emanar de este tercer momento constitucional, pues debe quedar lo mejor amalgamadas posibles en las posibilidades de la representación y cohesión sociopolítica desde la persona humana, los territorios y las organizaciones. Este tercer tiempo constitucional debiese afirmar positivamente el símbolo de la representación, según los principios de Eric Voegelin (1951), materializados en parte en noviembre de 2019, a propósito de la democracia y el fortalecimiento del estado nacional. Hoy más que en esa fecha, la responsabilidad de los partidos políticos en su actuar, es la llave que debiese contribuir en su alicaída condición a ordenar el futuro democrático de Chile, estando su propia validez en juego.

(1) Acuerdo constitucional en borrador: Los doce puntos que contemplan "las bases" tras las conversaciones

Desde Facebook:

Guía de uso: Este es un espacio de libertad y por ello te pedimos aprovecharlo, para que tu opinión forme parte del debate público que día a día se da en la red. Esperamos que tus comentarios se den en un ánimo de sana convivencia y respeto, y nos reservamos el derecho de eliminar el contenido que consideremos no apropiado