Responsabilidad global y nueva ley migratoria

El Gobierno de Chile anunció la tramitación de una nueva ley migratoria. Lo hizo de la peor manera posible: acusando irresponsablemente a los inmigrantes por los bajos sueldos en Chile, al día siguiente de dar por finalizada la discusión sobre el sueldo mínimo.

Pero la nueva ley es necesaria. Ya en 2003 la OIM planteaba que “Chile nunca ha tenido políticas claras de migración. Estas han sido más bien producto de coyunturas sociales y han estado marcadas, según se desprende de documentos oficiales, por consideraciones racistas que tenían como fin dotar al país de una estructura cultural, social y económica superior”.(1)

El paradigma tradicional chileno respecto a la inmigración es que ésta debe ser selectiva según el principio del “beneficio nacional”.(2)

Así, la Ley de Colonización de 1845 se inserta en el esquema “civilizador” de las élites. El “interés nacional” era poblar territorios y algo así como “mejorar la raza” a través de la selección de europeos.

A partir de mediados del siglo XX, con las leyes y decretos de los años 40 y 50, esta política de atraer inmigración para colonizar, convivió con la de permitir otros inmigrantes, pero bajo requisitos raciales, “morales” y económicos. Es interesante ver cómo las políticas de migración son reflejo fiel de los estrechos paradigmas culturales dominantes. Pero la realidad superó la estrechez, y la migración espontánea e informal, por distintos cauces, siempre fue mayor a la planificada.

Desde 1975 la migración está normada bajo el Decreto Ley 1.094 del dictador Pinochet.Este decreto responde también a su contexto: el objetivo principal es mantener a Chile en cuarentena respecto al cáncer marxista internacional. Así, varios de los artículos del decreto refieren a la prohibición de ingreso de determinados extranjeros por motivos de “seguridad nacional”.

Los gobiernos de la Concertación propiciaron medidas y modificaciones para una mayor apertura, intentando responder a la oleada inmigratoria, principalmente de peruanos por motivos laborales.

Sin embargo, habría que decir que la integración humana fue quedando muy atrás, respecto de la integración económica propiciada a través de los Tratados de Libre Comercio. Se acentuó el liberalismo en distintos ámbitos, pero sin reconocer y promover, como plantea el PNUD respecto a la libertad, que la movilidad o desplazamiento humano por el mundo es parte del ejercicio de esa libertad.

En el gobierno de Bachelet destacan el instructivo presidencial para coordinar interministerialmente el tema, bajo el lema “Chile, país de acogida”, y el amplio proceso de regularización que se llevó a cabo. Sin embargo quedó pendiente sacar una nueva ley.

Los analistas concuerdan en que lo fundamental durante la Concertación fue asumir compromisos internacionales, especialmente en 2005 la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares.

Se destaca en la Convención que los Estados deben asegurar los derechos humanos de todos los habitantes que viven en el país, independientemente de su situación de regularidad o irregularidad. Esto implica no sólo un discurso de apertura, sino eficiencia para eliminar todas las trabas burocráticas y económicas, los incentivos mal diseñados –por ejemplo la Visa sujeta a contrato, que fomenta el abuso patronal–, y las ignorancias de funcionarios públicos, que hasta hoy impiden en Chile que los derechos sociales (educación, salud, previsión) y laborales se ejerzan de manera efectiva.

Por otro lado, si bien la Convención no afecta el derecho de cada Estado a establecer los criterios para la admisión de trabajadores migratorios y sus familiares (Art.79), se plantea que es necesario que los Estados colaboren entre sí, en la promoción de condiciones equitativas y dignas para el fenómeno internacional de la migración.

Más aún, se dice que “se tendrán debidamente en cuenta no sólo las necesidades y recursos de mano de obra, sino también las necesidades sociales, económicas, culturales y de otro tipo de los trabajadores migratorios y sus familiares, así como las consecuencias de tal migración para las comunidades de que se trate” (Art.64,2).

En resumen, como principios fundamentales para la nueva ley de migración, quisiéramos destacar una de las recomendaciones de la OIM a las que refiere el Informe “Conocer para Legislar…” de la Cepal:

“Una buena política migratoria no puede hacer caso omiso al contexto de globalización que tiene lugar en el campo de la economía, la política y la cultura, así como tampoco puede descuidar el respeto de los derechos básicos que protegen a los migrantes.”(3)

Nos parece que el modo tradicional de enfrentar la migración (el beneficio nacional o la seguridad nacional), es del todo insuficiente, propio de una mentalidad provinciana y estrecha del Chile que no queremos. En el siglo XXI, nuestros legisladores deben estar a la altura de los grandes desafíos mundiales, especialmente en temas de tal magnitud e importancia. Creemos que el camino de apertura promovido por la Presidenta Michelle Bachelet debe ser profundizado.

1.Organización Internacional para las Migraciones (OIM=: “Las migraciones internacionales: análisis y perspectivas para una política migratoria”, 2003.
2. Cfr. Cano, Soffia y Martínez: “Conocer para legislar y hacer política: los desafíos de Chile ante un nuevo escenario migratorio”. Cepal, 2009.
3.Cano et al, op. Cit. p.57

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