Ya desde abril del 2017 cuando el intendente Claudio Orrego denunció y le puso nombre a los “guetos verticales” hemos vistos varios hitos respecto a este tema, pero es importante hacer un poco de historia en cuanto al marco legal del problema o, en este caso, su ausencia.
El primer hito es en el año 2014 cuando la Seremi-Minvu responde una consulta por un permiso de un edificio de 30 pisos en Estación Central con “sistema de agrupación continua”, señalando que fue bien otorgado y en apego a la normativa vigente. Este concepto de agrupación continua va a salir nuevamente, por lo que es importante tenerlo en cuenta.
En mayo de 2015, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de l a Vivienda, indica oficialmente que, si un plan regulador no establece altura máxima, como en el caso de Estación Central, no se puede acoger al “sistema de agrupación continua”.
¿Por qué es este dato importante?
Porque a la edificación continua no se le aplica la rasante, esa línea imaginaria que limita la altura y permite que le llegue la luz del sol a los vecinos, por lo que en teoría, sin rasante, se podría construir hasta el infinito si fuera técnicamente posible.
Después de la denuncia del intendente Orrego y la presentación de la Corporación Agrupación Defensa Barrios Estación Central, la Seremi-Minvu informa, por instrucciones de la Contraloría, a la Dirección de Obras de Estación Central que una serie de edificios en la comuna estarían ocupando la figura de “agrupación continua”.
Este acto generó una carta de la Cámara Chilena de la Construcción manifestando su preocupación al respecto, inmobiliarias denunciaron en Contraloría que el pronunciamiento de la División de Desarrollo Urbano del MINVU era ilegal señalando que se podía ocupar dicha figura y por su parte la Dirección de Obras de la Municipalidad ocupaba de respaldo lo que le dijo la SEREMI el 2014 para justificar los permisos otorgados.
Contraloría en varias resoluciones, señala que el pronunciamiento de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de la Vivienda está en orden y que la Seremi-Minvu se excedió en sus facultades el 2014 y pide invalidar los permisos otorgados.
Lo dramático de este caso es que si en el año 2014 se hubiera respondido por parte de la Seremi que no correspondía aplicar agrupamiento continuo si no hay límite de altura, nos hubiéramos evitado todo el drama de los guetos verticales.
Los profesionales de la Dirección de Obras siguieron lo que les indicaba el órgano competente, lo ocuparon de respaldo y ahora tienen que defenderse de sumarios.
Los gestores de los proyectos usaron antecedentes que respaldaban su actuar y se ven con permisos anulados.
En lo personal no estoy en contra de la densificación y creo que se debe evitar hacer ciudad en base a los “guetos verticales”, pero esto nos muestra la imperiosa necesidad de actualizar y simplificar nuestra normativa de construcción, donde un pronunciamiento de un órgano competente no sea catalogado como un exceso por parte del órgano contralor y afecte no sólo una inversión, sino que la vida de las personas que finalmente habitan en dichos lugares.
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