El 17 de septiembre se publicó en el Diario Oficial la ley 21.838, que dicta normas sobre transferencia de tecnología y conocimiento. Llegó tras más de una década en la agenda de educación superior, con un proyecto ingresado por un gobierno y respaldado por el siguiente. Chile cuenta hoy con el marco legal que muchos en el ecosistema de innovación esperábamos, pero ahora abre la pregunta: ¿Qué haremos las universidades con él?
La ley permite, entre otras cosas, que las instituciones de educación superior creen o participen en empresas de base científico-tecnológica (EBCT) a partir de sus investigaciones, y que su personal académico pueda formar parte de ellas declarando formalmente dicha participación.
Durante años, una interpretación estricta de las normas de probidad dejó a los investigadores de universidades estatales, por ejemplo, prácticamente al margen de las empresas que nacían de sus propias invenciones. En términos sencillos, desapareció una de las barreras que explicaba y, a menudo, justificaba la escasa creación de spin-offs.
A partir de ahora, la responsabilidad de impulsar estos resultados recae principalmente en las decisiones y acciones de las universidades, lo que exige replantear desde ya su visión, estrategia y políticas institucionales. Si bien la ley entrará en vigor el 1 de marzo de 2027 y el Ministerio de Ciencia dictará sus reglamentos en los meses siguientes, este plazo no debe ser de espera, sino de activa preparación.
El diagnóstico no deja espacio para la autocomplacencia. Por un lado, el gasto nacional en I+D apenas supera el 0,4% del PIB, muy lejos del 2,67% promedio de la OCDE. Por otro, tal como destaca el informe de la OEI (2023), resulta urgente institucionalizar la transferencia de conocimiento como una función estratégica dentro de las universidades. En esta misma línea, el Consejo CTCI constata que, pese al aumento de Oficinas de Transferencia y Licenciamiento (OTL), aún persisten brechas en valorización, capacidades comerciales y articulación productiva. Las marcadas diferencias que existen hoy entre las universidades se explican por sus propias decisiones institucionales, no por la falta de un marco normativo.
La evidencia internacional apunta en esta misma dirección: entre los determinantes para la creación de spin-offs destacan la calidad del cuerpo académico, la capacidad comercial de la institución, el diseño de los incentivos y las políticas de propiedad intelectual. Por ejemplo, aquellas casas de estudio que permiten a sus investigadores tener participación accionaria, en lugar de exigir licencias sujetas a royalties, generan un mayor número de empresas. A esto se suma que el desempeño previo en transferencia tecnológica es el mejor predictor de los resultados futuros; esta trayectoria acumulativa premia a quienes toman la iniciativa primero, convirtiéndose en una razón de peso para no postergar estas decisiones.
¿Qué decisiones tenemos por delante? La primera es de visión: definir el lugar de la tercera misión en la estrategia institucional, asumiendo un compromiso con la transferencia de conocimiento y tecnología, la vinculación con el entorno y el impacto en el desarrollo regional, sostenible e inclusivo.
La segunda es de incentivos. La transferencia y comercialización requiere casi siempre la participación activa del académico/a inventor/a. Mientras la carrera académica se construya exclusivamente sobre publicaciones indexadas, crear una EBCT seguirá siendo un acto heroico y no sistémico. Las reglas internas sobre propiedad intelectual, participación accionaria, uso de infraestructura y dedicación académica deben actualizarse para obtener el máximo potencial de lo que la ley ahora permite.
La tercera es fortalecer las OTLs, que, como señala el Consejo CTCI, enfrentan baja validación interna. Se requiere reforzar su legitimidad mediante el desarrollo de capacidades técnicas y reconocimiento institucional, las que se construyen con equipos estables, bien remunerados y con capacidades para identificar oportunidades de mercado, negociar y sostener relaciones con la industria.
La cuarta es qué rol asignamos a nuestras incubadoras y aceleradoras. El flujo de conocimiento desde la universidad hacia las EBCT que se incuban, mejora el desempeño de estas últimas en ingresos, fondos levantados y acceso a capital de riesgo, y ese flujo ocurre tanto por vías formales como informales. Esto significa que la incubadora no es un espacio separado de la universidad sino un puente institucional entre la investigación, la OTL y los mecanismos de apoyo al emprendimiento, y deben diseñarse mecanismos activos y deliberados que potencien la conexión con el entorno productivo, las redes de mentores/as y redes de financiamiento.
Definir incentivos, reglas de propiedad intelectual, la gobernanza de las OTLs y el rol de nuestras incubadoras depende, ante todo, de decisiones institucionales. Así que la pelota está en nuestro lado de la cancha.