La defensa en causas de violencia contra la mujer ¿todo vale?

“¿Qué tiene que ver eso con lo que me pasó?”, preguntaba hace algunas semanas Nabila Rifo, víctima de femicidio frustrado, al abogado defensor del principal imputado en el caso. Eso después de que el abogado de la Defensoría Penal Pública hiciera una serie de preguntas a la víctima y a los testigos, en las que se indagaba acerca de las prácticas de Nabila, su vida sexual o hasta su rol como madre.

En el juicio, o alrededor del mismo, se ha escuchado lo que muchas veces se ha dicho en casos de violencia contra la mujer: que es relevante saber de su vida sexual, de su forma de vestir, de si toma alcohol y si cuida o no a sus hijos/as.

De esta manera, la defensa insinúa que quizás la víctima “se lo buscó” por no cumplir con el estereotipo del rol femenino, el de la madre abnegada, casta y pura.  Se insinúa, por si algo queda. Ese tipo de discursos sobre la violencia contra la mujer no es nuevo.

En Chile a inicios de los noventa, cuando se discutía la primera ley de violencia familiar, había parlamentarios que planteaban que la solución a la violencia era robustecer las paredes de las viviendas. De esa forma no se escucharían las peleas ni a las mujeres gritando cuando eran golpeadas. Lo que ocurría en el hogar debía permanecer en el hogar. Era privado, decían.

Es más, cuando las mujeres se atrevían a vencer todo el contexto hostil y denunciaban lo que sucedía en ese ámbito privado, en muchos casos la respuesta del carabinero que la atendía era que resolvieran esos asuntos como ellas sabían: debajo de las sábanas o con una comidita rica.

Y los tribunales, ¿qué hacían? Muchas veces no tomaban en cuenta las denuncias y, si lo hacían, era simplemente para resguardar la unidad familiar a todo evento. Sí, la familia ante todo. Quizás recordarán una resolución de un tribunal en Antofagasta que ordenó, como medida de conciliación entre la víctima y el agresor, realizar una cena con un funcionario de Carabineros como testigo (o como celestino, si prefieren).

Afortunadamente, gracias a los movimientos feministas, en nuestro país ha habido avances desde ese entonces.  Se han dictado dos leyes sobre violencia contra la mujer, se ha fortalecido la atención a las víctimas y existe una importante coordinación entre diversos órganos del estado para investigar y sancionar estos delitos.

Pero, sobre todo, hoy el reproche ciudadano ante actos de violencia contra la mujer es mucho mayor que hace dos décadas atrás. 

Por eso hoy genera tanto rechazo escuchar que las mujeres víctimas de violencia, como Nabila, siguen siendo re victimizadas por parte del propio sistema de justicia del Estado. Un Estado que tiene obligaciones de protección claras en estas materias, tanto por las normas constitucionales y legales vigentes como por los tratados de derechos humanos suscritos por Chile y que se encuentran vigentes.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha planteado de manera muy clara lo que sucede con la re victimización de las mujeres víctimas de violencia que son objeto de actitudes estereotipadas. Como dijo la Corte, “la influencia de patrones socioculturales discriminatorios puede dar como resultado una descalificación de la credibilidad de la víctima durante el proceso penal en casos de violencia y una asunción tácita de responsabilidad de ella por los hechos, ya sea por su forma de vestir, por su ocupación laboral, conducta sexual, relación o parentesco con el agresor, lo cual se traduce en inacción por parte de los fiscales, policías y jueces ante denuncias de hechos violentos”.

En palabras simples, toda persona imputada de un delito tiene derecho a la defensa jurídica, lo que sin duda es clave en un Estado democrático de Derecho. Pero no se trata de un derecho absoluto, pues debe limitarse cuando colisiona con otros derechos.

Todos los órganos del Estado deben asumir su rol en la erradicación de la violencia contra la mujer. Los defensores públicos, como el resto de los operadores del sistema de justicia, son funcionarios del Estado y tienen obligaciones respecto a la no discriminación de las mujeres víctimas de violencia. En la defensa de los imputados en estos casos, no todo vale. 

Desde Facebook:

Guía de uso: Este es un espacio de libertad y por ello te pedimos aprovecharlo, para que tu opinión forme parte del debate público que día a día se da en la red. Esperamos que tus comentarios se den en un ánimo de sana convivencia y respeto, y nos reservamos el derecho de eliminar el contenido que consideremos no apropiado