La autonomía de las universidades públicas se pierde cuando hay acciones arbitrarias en ellas. Ahora bien, cuatro profesores fueron cesados recientemente en una universidad estatal, cuyo rector pretextó la autonomía que le brinda la ley para ello. Pocas veces en las últimas décadas se había violado tanto la autonomía universitaria. ¿Por qué?
La autonomía de las universidades públicas está basada en la ley y en la acción racionalmente justificada de sus jefes, y no depende solo de que dichas instituciones sean de propiedad estatal. En cambio, las universidades privadas responden a los intereses de los grupos singulares que son sus propietarios y las controlan. Que estos coincidan con la promoción de la libertad o los intereses públicos les es accidental. Basta la voluntad de los propietarios de una universidad privada para proscribir en sus aulas la investigación, o la docencia de tal o cual disciplina, de tal o cual orientación filosófica y despedir a quienes deseen, sin más límites que el código del trabajo. Pero entonces el Estado no tiene deber de financiarla y podría discutirse si es en verdad una universidad.
A diferencia de las anteriores, todas las universidades públicas tienen la obligación de desarrollar docencia e investigación para promover la libertad y la democracia, lo que requieren de autonomía académica, administrativa y económica. La autonomía respecto de cualquier grupo singular, intra o extrauniversitario, ya sea ideológico o económico, es esencial para las universidades públicas. Ese es el fundamento para legitimar su existencia y que el Estado las provea de fondos. Sólo satisfecha esa autonomía puede una universidad llamarse pública, estatal y, sobre todo, universidad.
Sin embargo, la autonomía se pierde cuando una universidad estatal se somete a la voluntad privada de la persona de un rector, de un decano, de un jefe de departamento o de una asamblea. Para que la voluntad de un jefe universitario deje de ser privada y se transforme en pública se requiere algo más que citar la autonomía que le da la Ley de Universidades Estatales. La autonomía de una universidad pública nada tiene que ver con la voluntad privada de un rector; la voluntad pública es de naturaleza muy distinta que la privada.
Las universidades estatales no son públicas sólo porque sean propiedad del Estado, sino que requieren, además, que en ellas la voluntad privada de una autoridad esté sometida al interés público.
La autonomía universitaria es más que fundamentar las decisiones en las atribuciones legales de un jefe. Es necesario, también, probar que la decisión esté basada, conjuntamente, en leyes, razones y en informes racionales sobre circunstancias en que se aplica, y que todo ello pueda hacerse público y contradicho en un debate. La cesación de los cuatro profesores mencionados no cumplió con ser autónoma, porque no se basó ni en leyes, ni razones ni informes públicos sobre las circunstancias en que se aplicaba la ley.
En el campo privado, en cambio, una simple opción personal basta para justificar las acciones, si estas son legales: la elección de pareja, comer carne o vegetales, elegir autoridades, impregnar una universidad privada de la ideología de sus propietarios. Las principales decisiones privadas solo tienen por base el gusto individual, lo que es perfectamente aceptable, pero jamás en una universidad pública.
Las universidades publicas tienen una misión legal y natural. Si en ellas a una persona se le cesa el contrato anticipadamente porque no responde al interés de tal o cual autoridad superior o intermedia, cesa la libertad y cesa la autonomía. Entonces la universidad pública deja de serlo y se convierte en un instrumento de una voluntad privada subvencionada con recursos públicos. Eso nunca será legítimo en una universidad pública, además de destruir con ello su actividad y prestigio académicos.
La existencia de las universidades públicas no está garantizada por la sola ley que las crea, ni por declararse estatales o con compromiso social. Las universidades públicas pueden dejar de serlo, en cualquier momento, si se impone en ellas la voluntad privada de una de sus autoridades, en cualquiera de sus niveles.
En diciembre último, la Corte Suprema condenó, la arbitrariedad, ordenando el reintegro de los profesores cesados. Si se aprende la lección, las universidades públicas darán un gran paso en la conquista de su autonomía y en fortalecer su prestigio, pieza clave para que el Estado distinga una universidad privada respecto de una pública y dar a esta aportes fiscales preferenciales que injustamente han perdido en las últimas décadas.
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