Existe un doble estándar del gobierno en cuanto a la relación que debe existir entre los diversos poderes del Estado con el poder judicial. Esta afirmación se basa en que, frente a la acusación constitucional planteada por la oposición contra tres ministros de la Corte Suprema, el Ministro del Interior Chadwick ha salido a cuestionar dicha acción debido a que se pone en riesgo la autonomía del poder judicial, aseverando que las sentencias solo “se respetan y acatan”, donde los parlamentarios no pueden revisar el contenido de los fallos.
La posición sostenida, dista de lo acontecido el 29 de mayo del presente, cuando un juez de garantía de San Antonio decidió liberar a un imputado sorprendido en su vehículo portando armas, ya que en el procedimiento llevado por Carabineros existían vicios.
Pese a la “autonomía” del poder judicial, el gobierno salió rápidamente a cuestionar el fallo, llegando, inclusive, a interponer un recurso de queja contra este magistrado, acusando una “grave falta y abuso del derecho” por su parte. En ese entonces, la asociación de magistrados salió en su defensa, debido a que la queja es una forma de presión al poder judicial.
Podemos llegar a un consenso mínimo, que tanto la acusación constitucional como el recurso de queja son herramientas jurídicas que permiten fiscalizar que la labor de los jueces se ajuste a derecho. Entonces, ¿cuál es la diferencia entre estos dos fallos que llevan al gobierno a cambiar de opinión relativo a la autonomía del poder judicial? Se pueden elucubrar diversas respuestas, pero preocupa que quizás esto sea un asunto de interés, que subvalora a los DDHH.
Hoy el gobierno sale a respaldar una decisión relativa a dejar en libertad condicional a cinco condenados por delitos de lesa humanidad, pese a que estos son los delitos más graves reconocidos a nivel internacional, ya que las víctimas no son tan solo las personas asesinadas, sino que es toda la humanidad.
Pese a esto, las condenas por estos delitos no son proporcionales a dicha gravedad, lo cual equivale a crear una situación de impunidad y un riesgo de que se repitan dichos hechos en el futuro. Por esto, una libertad condicional, replica y ahonda dicha situación de impunidad.
Pero es distinto el caso del sujeto de San Antonio, quien fuera detenido por un delito común de porte de armas, que tan solo es un delito de peligro abstracto de que sea usado para lesionar a una persona.
Por esto, es que nos preocupa la reacción del gobierno, ya que, para ellos, una resolución judicial por un delito común permitiría que se pueda criticar a un juez, mientras que una resolución en un caso de derechos humanos se descartaría dicha opción, ya que solo nos quedaría acatar.
Es así como, este doble estándar, demuestra el trasfondo de que la derecha sigue relativizando la sistemática repetición de estos delitos durante la dictadura, lo cual quedó ratificado al nombrar un ministro de Cultura (hoy ex Ministro) que acusa de montaje los oscuros episodios vividos en Chile durante 17 años.
Esto genera graves dudas de su compromiso con los DDHH y el esfuerzo que debemos hacer todos como comunidad con el “Nunca más”.
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