Nueva Constitución y profundización del proceso de descentralización

  • Coescrita con Maite Descouvieres Vargas, concejala de Ñuñoa

El texto de la nueva Constitución propone una relación distinta entre las diversas estructuras territoriales del Estado, posibilitando lo que se denomina "gobernanza multinivel". En este sentido, se sientan las bases a una forma de Estado intermedio, donde convergen la autonomía regional, la autonomía comunal y autonomías territoriales indígenas, entregándoles autonomía política, administrativa y financiera, que permitirá un desarrollo acorde a la realidad propia de cada territorio.

Se deja establecido, además, que en ningún caso el ejercicio de la autonomía implicaría un desconocimiento o negación al carácter único e indivisible del Estado de Chile. Esto se traduce, en una convergencia territorial a una unidad mayor que estaría dada por el Estado de Chile.

En nuestra opinión, la nueva propuesta constitucional manifiesta un claro interés en que se fortalezcan los gobiernos regionales y locales pues estos, en cuanto gobiernos subnacionales, efectivamente tendrán más atribuciones, las cuales se manifiestan en varios artículos. Entre otras consideraciones el texto plantea que no se le podrán entregar nuevas tareas y atribuciones a gobiernos regionales y municipios sin el debido financiamiento, exigencia de larga data desde el mundo municipal y que nunca fue escuchada. Así, se establece un Estado territorialmente unitario, política y administrativamente descentralizado, en base a un estado regional, donde gobierno local y regional, más la sociedad civil y las respectivas alianzas público-privadas, trabajarán para superar las desigualdades que afectan a chilenos y chilenas.

Equidad horizontal

Nos parece necesario relevar, que se funda un pilar esencial al desarrollo democrático, que descentraliza la toma de decisiones, a lo que tanto temen los defensores del centralismo y poderes económicos, ya que se establece una nueva forma de decisión y planificación que nace en el propio territorio; y donde la ciudadanía tiene el derecho a participar en los asuntos de interés público y en la toma de decisiones que los afecten, resguardado por un estado que deberá asegurar la participación y deliberación ciudadana en la gestión de los asuntos públicos, tal como lo señalan los artículos 209 al 216.

En lo referido a la plurinacionalidad, no existe una amenaza a la unidad del Estado, ya que el artículo 5 señala expresamente que Chile reconoce la existencia de diversos pueblos y naciones en el marco, precisamente, de la unidad del Estado. La interesada confusión de ciertos sectores políticos al homologar plurinacionalidad con pluriterritorialidad no se sostiene si se examina seriamente y a profundidad la propuesta.

La nueva propuesta constitucional conjuga una serie de elementos en cuanto a descentralización que, en el desarrollo del proceso, en la medida que se vaya implementando, permitirá un desarrollo más armónico, en el ámbito económico y social, donde además se consagra el deber de resguardar el medio ambiente y la naturaleza y donde cobra importancia el gobierno local, que en definitiva debiera ser el primer promotor de desarrollo en los territorios. En este contexto, desde nuestra mirada municipal, claramente la nueva Constitución se hace cargo de las históricas y necesarias demandas en democracias territoriales.

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