Chile ha avanzado durante los últimos años en construir una nueva institucionalidad para la niñez y adolescencia. La ley 21.430 sobre Garantías y Protección Integral significó un cambio importante: niños, niñas y adolescentes dejaron de ser entendidos únicamente como destinatarios de protección frente a situaciones graves, para ser reconocidos como sujetos de derechos cuya garantía compromete al conjunto del Estado.
No debemos olvidar que la promulgación de esa ley, fue fruto de la presión de organizaciones de sociedad civil y del acuerdo entre un gobierno saliente y un gobierno entrante, que expresaron en su colaboración el compromiso con un tema que consideraban fundamental para el país.
Sin embargo, las leyes por sí solas no garantizan derechos. Para que estos puedan ejercerse se requieren instituciones, equipos profesionales, programas, infraestructura y presencia territorial. En definitiva, se requieren recursos.
Por eso resulta preocupante el reciente informe elaborado por Unicef Chile y la Defensoría de la Niñez sobre las modificaciones presupuestarias realizadas durante el primer semestre de 2026. De las 188 asignaciones destinadas directamente a niños, niñas y adolescentes que fueron analizadas, 86 disminuyeron sus recursos: 45,7% del total. En 54 de ellas la reducción superó el 3%.
Mirado solamente desde las grandes cifras, el ajuste podría parecer menor. El monto agregado de las asignaciones estudiadas disminuyó 0,1%. Pero esa cifra esconde diferencias importantes entre programas. El propio informe advierte que el aumento de recursos hacia los Servicios Locales de Educación Pública compensa estadísticamente reducciones producidas en otras áreas. Al excluir ese incremento, los restantes programas e instituciones analizados registran una disminución cercana a $83.654 millones respecto del presupuesto inicialmente aprobado.
La pregunta relevante, entonces, no es únicamente cuánto disminuyó el presupuesto total, sino dónde se produjeron las reducciones. Y allí aparecen señales que merecen atención.
Se redujeron recursos destinados a primera infancia, protección especializada, bienestar socioemocional, salud escolar, infraestructura educativa y programas de apoyo temprano. El Diagnóstico Clínico Especializado y Pericia, asociado al sistema de protección especializada, disminuyó 28%. También se registraron disminuciones importantes en infraestructura escolar pública. Unicef y la Defensoría han sido cuidadosos al advertir que una rebaja presupuestaria no permite concluir automáticamente que disminuyeron coberturas o calidad de las prestaciones. Para evaluar eso se requiere conocer ejecución, prestaciones, oportunidad y resultados. Pero igualmente señalan la necesidad de que las modificaciones presupuestarias cuenten con fundamentos claros y permitan conocer sus efectos sobre los niños, niñas y adolescentes.
Para quienes trabajamos en la implementación territorial del Sistema de Garantías, existe otro dato especialmente significativo. La asignación destinada al Apoyo a la Implementación de Oficinas Locales de la Niñez disminuyó 42,7%, a propósito de que prácticamente todas las comunas del país ya cuentan con una OLN. Esto no significa que el presupuesto total de las OLN haya caído en esa magnitud -la asignación principal tuvo una variación mucho menor-, pero sí plantea una pregunta fundamental: si la evaluación que realizó Unicef del proceso de instalación define que las OLN requieren fortalecer equipos y que tienen financiamiento insuficiente, ¿con qué capacidades estamos acompañando la implementación de una institucionalidad llamada a transformar profundamente la manera en que el Estado se relaciona con la niñez?
Porque las OLN están lejos de ser un cambio de nombre. Constituyen una de las piezas territoriales centrales de la ley 21.430. Su tarea no comienza cuando una vulneración grave ya ocurrió. Deben promover derechos, articular instituciones, fortalecer capacidades familiares y comunitarias, detectar tempranamente riesgos y desarrollar protección administrativa antes de que muchos conflictos terminen inevitablemente judicializados.
Algo similar ocurre con programas preventivos y comunitarios. Crecer en Comunidad, por ejemplo, registró una reducción de 31,1%. Se trata precisamente de una iniciativa orientada a fortalecer condiciones comunitarias, parentalidad positiva y espacios públicos para niños y niñas. También disminuyeron recursos destinados al bienestar socioemocional y a programas como Habilidades para la Vida.
Aquí aparece una paradoja que debemos mirar con atención. Durante décadas hemos criticado un sistema de protección que llegaba tarde: cuando la vulneración ya estaba instalada, cuando las familias se encontraban desbordadas o cuando la intervención judicial aparecía como prácticamente la única respuesta disponible.
La ley 21.430 intenta cambiar esa lógica. Su apuesta es construir un sistema capaz de promover derechos, prevenir vulneraciones y actuar tempranamente en los territorios. Pero esa transformación requiere inversión.
Si fortalecemos normativamente la prevención mientras debilitamos materialmente las capacidades encargadas de realizarla, podemos terminar reproduciendo aquello que precisamente intentábamos superar: un Estado con escasa capacidad preventiva y una creciente presión sobre los sistemas de protección especializada y judicial.
La propia ley 21.430 establece un estándar particularmente relevante para esta discusión. Su artículo 16 dispone que los órganos del Estado deben dar prioridad a niños, niñas y adolescentes en la formulación y ejecución de políticas públicas y, hasta el máximo de los recursos disponibles, procurar priorizar en sus presupuestos el financiamiento destinado a la promoción, protección y garantía de sus derechos.
El artículo 17 agrega un principio todavía más exigente: la progresividad y no regresividad de los derechos. Esto no significa que ninguna asignación presupuestaria pueda modificarse o disminuir. Los recursos públicos deben utilizarse eficientemente y las políticas pueden requerir ajustes. Pero significa que las decisiones que afecten las capacidades de garantía de derechos requieren fundamentos, evaluación de sus consecuencias y especial cuidado para evitar retrocesos.
Esta discusión adquiere particular relevancia cuando el país se prepara para conocer el proyecto de Presupuesto 2027, que ingresará al Congreso el próximo 30 de septiembre. Hasta que ello ocurra sería incorrecto afirmar que el próximo presupuesto reducirá los recursos destinados a niñez. Lo que sí podemos hacer es aprender de lo ocurrido durante 2026 y preguntarnos qué señales deberemos observar durante su discusión.
Habrá que mirar con particular atención el financiamiento de las Oficinas Locales de la Niñez, la protección especializada, la primera infancia, la salud mental, los programas preventivos y comunitarios y las políticas destinadas a fortalecer entornos protectores.
Y habrá que hacerlo evitando una idea que comienza a instalarse frente a la disminución de la natalidad: que si existen menos niños y niñas, entonces necesariamente necesitamos menos inversión pública en ellos. Unicef y la Defensoría plantean exactamente el desafío contrario. Una población infantil menor también puede representar la oportunidad de aumentar la inversión por niño, mejorar la calidad de los servicios y cerrar brechas que todavía persisten.
Hay además una dimensión, que personalmente no me parece la más relevante en este tema, pero que pocas veces incorporamos cuando discutimos el presupuesto destinado a la niñez: no estamos hablando solamente de gasto público, sino también de inversión social. Lo que me parece relevante es que no necesitamos optar entre un argumento ético-jurídico como el que me interesa y uno económico. Son totalmente complementarios.
La evidencia acumulada durante décadas muestra que las intervenciones tempranas y de calidad pueden producir beneficios muy superiores a su costo inicial. Unicef Chile ha señalado, recogiendo distintos estudios económicos, que por cada dólar invertido en primera infancia pueden recuperarse alrededor de siete dólares, debido a beneficios de mediano y largo plazo. Esa perspectiva adquiere particular relevancia en nuestro país. El estudio Inversión pública en primera infancia en Chile: diagnóstico, desafíos y propuestas ya advertía que una inversión insuficiente durante los primeros años puede generar consecuencias sociales y económicas que acompañan a las personas y a los países durante décadas. A ello se suma la evidencia longitudinal de la Encuesta Longitudinal de Primera Infancia (ELPI), que durante 14 años ha seguido las trayectorias de alrededor de 15 mil niños y niñas en Chile y ha permitido identificar factores protectores, factores de riesgo y brechas socioeconómicas que inciden desde temprano en su desarrollo.
Más recientemente, la propia Subsecretaría de la Niñez, Dipres y Unicef han avanzado en medir sistemáticamente la inversión pública destinada a niños, niñas y adolescentes y, en 2025, analizaron específicamente si esa distribución de recursos permite cumplir los objetivos de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción 2024–2032, identificando ámbitos relativamente deficitarios de financiamiento. Mirado desde esta perspectiva, invertir oportunamente en desarrollo infantil, salud mental, parentalidad, educación, juego, espacio público, prevención y protección no solo permite garantizar derechos hoy: puede mejorar trayectorias educativas y de salud, reducir desigualdades, aumentar capacidades y evitar intervenciones mucho más complejas y costosas posteriormente. Por eso, reducir recursos destinados a prevención puede resultar incluso fiscalmente paradójico: aquello que el Estado deja de invertir oportunamente puede terminar pagándolo años más tarde, cuando las desigualdades o las vulneraciones se han vuelto más profundas y difíciles de revertir.
Por mi parte, me parece que la construcción de entornos garantes de derechos de la niñez, debería estar como la gran discusión de fondo.
Durante muchos años y a través de diversas frases o slogan, Chile declaró que los niños y niñas eran una prioridad. Desde 2022 esa prioridad dejó de ser solamente una declaración: forma parte de una ley que obliga al Estado a organizarse para garantizar sus derechos.
Pero un sistema de garantías no se construye solamente promulgando leyes, creando instituciones o escribiendo políticas nacionales. Se construye también cada año, cuando el país decide dónde pone sus recursos.
Porque finalmente el presupuesto público es una de las expresiones más concretas de nuestras prioridades colectivas. Y si hemos decidido que los derechos de niños, niñas y adolescentes deben ser garantizados, esa decisión también debe poder leerse en el presupuesto. Los derechos deben garantizarse porque son derechos; que además su garantía produzca enormes beneficios sociales y económicos vuelve todavía menos razonable debilitar su financiamiento.