La expansión del crimen organizado constituye, probablemente, uno de los desafíos más complejos que enfrenta hoy el sistema de justicia penal chileno. No se trata simplemente de una cuestión cuantitativa, asociada al aumento de ciertos delitos, sino de un fenómeno cualitativamente diferente, cuya comprensión exige abandonar algunas categorías y respuestas concebidas para una criminalidad tradicional, más fragmentada y episódica.
En efecto, una de las primeras cuestiones que conviene despejar es que el crimen organizado no equivale a la suma de delitos comunes. Su principal característica reside en la existencia de estructuras relativamente estables, capaces de desarrollar actividades ilícitas permanentes, generar importantes beneficios económicos, diversificar sus operaciones y, en ocasiones, extenderse más allá de las fronteras regionales e incluso nacionales. El problema, por tanto, no se agota en la existencia de un determinado delito, sino en la presencia de organizaciones que hacen del delito un negocio.
Esa circunstancia explica por qué la persecución penal de este fenómeno requiere una lógica distinta. Mientras la investigación tradicional busca esclarecer hechos concretos e identificar a sus autores inmediatos, la investigación del crimen organizado aspira a algo mucho más ambicioso: desarticular redes, afectar sus estructuras económicas y logísticas, identificar a sus líderes y privarlos de los recursos que les permiten mantenerse y reproducirse.
De allí la creciente importancia que adquieren instrumentos como las técnicas especiales de investigación, el análisis criminal, el seguimiento de flujos financieros, las figuras asociativas, el lavado de activos y el comiso de ganancias. Seguir la ruta del dinero puede resultar, en no pocas ocasiones, más relevante que concentrarse exclusivamente en los ejecutores materiales. Después de todo, las organizaciones criminales poseen una capacidad notable para reemplazar brazos operativos; mucho más difícil les resulta reconstruir estructuras económicas y patrimoniales seriamente afectadas.
La aparición y consolidación de estas formas de criminalidad obligan también a repensar los límites territoriales tradicionales. Las organizaciones no conocen fronteras administrativas. Sus operaciones se desplazan aprovechando rutas, conexiones y oportunidades. En ese contexto, la creación de estructuras supraterritoriales y el fortalecimiento de mecanismos de coordinación interregional e internacional aparecen como respuestas necesarias frente a fenómenos cuya complejidad supera ampliamente los márgenes de actuación concebidos hace ya más de dos décadas al diseñarse nuestro sistema procesal penal.
Particular atención merece la situación de regiones como el Maule, desde donde escribo estas líneas. La percepción de tranquilidad que históricamente ha acompañado a amplios sectores del territorio regional no debe transformarse en una falsa sensación de inmunidad. La ruralidad, la conectividad vial, determinadas actividades económicas y la existencia de comunas de menor tamaño pueden ofrecer espacios propicios para el tránsito, acopio o blanqueo de recursos provenientes de actividades ilícitas. No resulta prudente esperar a que las manifestaciones más violentas del fenómeno se consoliden para reaccionar.
El crimen organizado, además, no afecta exclusivamente las estadísticas delictuales. Sus consecuencias terminan proyectándose sobre la vida cotidiana de las personas. Se erosiona la seguridad, se altera la convivencia en barrios y comunidades, se incrementa el temor a denunciar y, en los casos más graves, comienza a instalarse una peligrosa percepción de impotencia de las instituciones frente a grupos capaces de ejercer violencia y controlar territorios.
Especial preocupación merece la relación entre crimen organizado y homicidios. Cuando estos dejan de ser hechos aislados y pasan a formar parte de disputas territoriales o de mercados ilícitos, la respuesta estatal debe ser particularmente rápida y coordinada. Las primeras horas de investigación adquieren un valor decisivo. La pérdida de evidencia o la demora en la reacción pueden comprometer seriamente las posibilidades de esclarecimiento y de persecución eficaz.
Sin embargo, sería un error pensar que esta lucha descansa exclusivamente en mayores penas o en la expansión ilimitada de las potestades estatales. La experiencia comparada enseña que la eficacia y las garantías no son objetivos incompatibles. La fortaleza del Estado de Derecho reside precisamente en demostrar que es posible combatir con decisión las organizaciones criminales sin renunciar a principios esenciales como la legalidad, la presunción de inocencia y el debido proceso.
Tampoco conviene olvidar una dimensión especialmente delicada: la corrupción. Allí donde las organizaciones criminales logran penetrar instituciones, comprar voluntades o capturar espacios de poder, el daño se multiplica. Porque entonces ya no se trata solo de delincuencia organizada, sino de una amenaza directa a la confianza pública y, en último término, a la propia democracia.
El sistema procesal penal chileno fue diseñado para enfrentar una realidad criminal distinta. Ello no significa que haya fracasado. Significa, más bien, que se encuentra inmerso en un proceso de adaptación que demanda recursos, especialización, inteligencia, tecnología y coordinación. Pero también prudencia. Las respuestas improvisadas o construidas desde el mero impacto comunicacional rara vez producen buenos resultados.
La lucha contra el crimen organizado exige una persecución penal distinta. Más estratégica que reactiva. Más orientada a desarticular que a contabilizar detenciones. Más preocupada de las estructuras que de los síntomas. En definitiva, una persecución capaz de comprender que, frente a organizaciones complejas y altamente adaptativas, la inteligencia institucional y la fortaleza del Estado de Derecho constituyen, probablemente, las mejores armas de las que dispone una sociedad democrática.